Secretaría
de Ambiente y Desarrollo Sustentable
POLITICA
AMBIENTAL NACIONAL - PROGRAMA ACCION
NACIONAL - APROBACION
Resolución
250/03. Del 6/3/2003. B.O.: 5/5/2003. Apruébase el Programa de Acción
Nacional de Lucha contra la Desertificación y Mitigación de los efectos
de la Sequía y su Documento Base. Objetivos. Metodología. Diagnóstico
de la desertificación. Aspectos institucionales, jurídicos y económicos.
Areas del Programa de Acción.
Bs.
As., 6/3/2003
VISTO
el Expediente Nº 70- 1930/2002 del registro de esta SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y
lo dispuesto por la Ley 24.701 y la Ley 25.675, los Decretos Nº 357/02, Nº
1300/02 y Nº 2413/02, la Resolución Nº 904/02 del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que
la Ley 24.701 ratificó la "CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS DE
LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION EN LOS PAISES AFECTADOS POR SEQUIA GRAVE O
DESERTIFICACION, EN PARTICULAR EN AFRICA", aprobada el 26 de
septiembre de 1996, en el marco del Programa 21 de la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, realizada en RIO
DE JANEIRO, REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, en junio de 1992.
Que,
desde el año 1996 esta Secretaría ha trabajado coordinadamente junto a
entidades y organismos públicos y privados, nacionales y provinciales,
involucrados en la temática de la lucha contra la desertificación,
implementando una metodología de acción ampliamente participativa que
posibilitó la concreción del "Documento Base del Programa de Acción
Nacional de Lucha contra la Desertificación y Mitigación de los efectos
de la Sequía".
Que
se entiende prioritario conformar con celeridad, un proceso de
institucionalización del "Programa de Acción Nacional de Lucha
contra la Desertificación y Mitigación de los efectos de la Sequía
(PAN)".
Que
en este sentido, es necesaria la creación en el ámbito de esta Secretaría,
de la COMISION ASESORA DEL PROGRAMA DE ACCION NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA
DESERTIFICACION Y MITIGACION DE LOS EFECTOS DE LA SEQUIA, a los efectos de
posibilitar la ejecución del Programa de Acción Nacional de Lucha contra
la Desertificación y Mitigación de los efectos de la Sequía; sugerir
las medidas y cursos de acción que estime procedentes para incrementar la
eficiencia de las políticas de prevención y lucha contra la
desertificación y mitigación de los efectos de la sequía, en forma
consensuada y representativa.
Que
la presente contempla lo preseptuado por la Ley 25.675 de Política
Ambiental Nacional, sancionada el 6 de noviembre de 2002, que establece
los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y
adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad
biológica y la implementación del desarrollo sustentable; como lo
dispuesto por el Decreto 2413, sancionado el 27 de noviembre de 2002.
Que
la creación del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), es entre
otros aspectos, la de un organismo permanente para la concertación y
elaboración de una política ambiental coordinada.
Que
en función de ello debe convocarse a integrar la COMISION ASESORA DEL
PROGRAMA DE ACCION NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION Y
MITIGACION DE LOS EFECTOS DE LA SEQUIA, al Consejo Federal de Medio
Ambiente (COFEMA); además de representantes de los distintos organismos públicos
y privados, nacionales y provinciales, que poseyendo una relevante
injerencia en la problemática de la desertificación y la sequía, sean
especialmente convocados a tal fin.
Que
ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.
Que
el suscripto es competente para dictar la presente medida en uso de las
facultades conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto
438/92) y sus modificatorios, los Decretos Nº 2662 del 29 de diciembre de
1992 y sus modificatorios, Nº 355 y Nº 357 ambos de fecha 21 de febrero
de 2002 y Nº 537 del 25 de marzo de 2002, y los Decretos Nº 1300 y Nº
2413, como lo dispuesto por las Leyes 24.701 y 25.675.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
Artículo
1º — Apruébase el Programa de Acción Nacional de Lucha contra la
Desertificación y Mitigación de los efectos de la Sequía (PAN), y su
Documento Base, el que como Anexo I integra la presente.
Art.
2º — Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la COMISION ASESORA DEL
PROGRAMA DE ACCION NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION Y
MITIGACION DE LOS EFECTOS DE LA SEQUIA, la que funcionará en el ámbito
de esta SECRETARIA.
Art.
3º — Establécese que la Dirección de Conservación del Suelo y Lucha
contra la Desertificación, actuará en carácter de secretaría de la
COMISION ASESORA creada en el artículo 2º.
Art.
4º — Dicha COMISION ASESORA estará presidida por el SEÑOR SECRETARIO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y se integrará con UN (1)
representante, como mínimo, de los distintos organismos públicos y
privados, nacionales y provinciales, que poseyendo una relevante
injerencia en la problemática de la desertificación y la sequía, sean
especialmente convocados a tal fin. Asimismo, convócase al Consejo
Federal de Medio Ambiente (COFEMA) para la integración de la mencionada
COMISION. Tales representantes ejercerán su cargo con carácter ad
honorem.
Art.
5º — Serán funciones de la COMISION ASESORA creada en el artículo 2º,
la de:
a)
asesorar a la Autoridad de Aplicación en lo concerniente a la formulación
y ejecución del Programa de Acción Nacional de Lucha contra la
Desertificación y Mitigación de los efectos de la Sequía;
b)
sugerir las medidas y cursos de acción que estime procedentes para
incrementar la eficiencia de las políticas de prevención y lucha contra
la desertificación y mitigación de los efectos de la sequía;
c)
dictar su propio reglamento interno en la primera reunión de la COMISION
ASESORA, que será convocada dentro de los ciento ochenta (180) días.
Art.
6º — De forma.
ANEXO
I
PROGRAMA
DE ACCION NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION
DOCUMENTO
BASE
Ministerio
de Desarrollo Social
Secretaría
de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Dirección
Nacional de Recursos Naturales y Conservación de la Biodiversidad
Dirección
de Conservación del Suelo y Lucha contra la Desertificación
PROLOGO
El
objeto central del presente documento es generar un amplio debate que
conduzca a la elaboración del Programa de Acción Nacional de Lucha
contra la Desertificación.
En
esta inteligencia, descontamos que los aportes de los diversos sectores
que trabajan en esta problemática ampliarán y mejorarán el material que
aquí se presenta.
El
contenido de este Documento de Base intenta reflejar y respetar lo
producido en los más de 40 Talleres y Jornadas Regionales y Nacionales,
en las cuales participaron cerca de 2000 personas; representantes de
organismos públicos y privados, nacionales y provinciales.
En
esos encuentros, funcionarios públicos, técnicos, científicos,
productores, docentes, legisladores, comunicadores sociales, miembros de
ONG y de asociaciones intermedias, junto a la población directamente
afectada, expresaron sus particulares puntos de vista sobre las causas
generadoras de la desertificación y la sequía, y sugirieron diversos
cursos de acción para prevenir y revertir esos procesos.
Es
un acto de estricta justicia destacar esta activa participación;
mereciendo hacerse una mención especial a los facilitadores regionales
Ing. Raúl Morales, Lic. Elena Abraham, Ing. Virgilio Roig e Ing. Ola
Karlin, a sus equipos de trabajo y a los distintos subfacilitadores
locales. Todos ellos han hecho posible esta formidable movilización
social gestada en torno a la desertificación.
Del
mismo modo, debe resaltarse la colaboración de las distintas áreas de
esta Secretaría, que, coordinadas por la Dirección de Conservación del
Suelo impulsaron este proceso.
En
el mismo sentido, deseamos agradecer el aporte de organismos
internacionales como FAO, PNUMA, PNUD, UNSO y la Secretaría Ejecutiva de
la Convención, entre otras entidades, que posibilitaron llevar adelante
este amplio conjunto de acciones.
Asimismo,
documentación técnica de esos organismos ha sido especialmente tenida en
cuenta para elaborar la estructura del Programa. Igualmente, fue de
especial utilidad el esquema acordado en el Programa de Acción Regional
de Lucha contra la Desertificación.
La
metodología del mismo, más allá de las consideraciones generales, los
objetivos, y el diagnóstico, prevé diversas Areas de Programa, que
pretenden convertirse en el marco referencial para implementar las
distintas acciones concretas que pondrán en práctica el Programa de Acción
Nacional.
Estamos
convencidos que este fuerte protagonismo ciudadano legitima lo actuado y
permite albergar las mayores esperanzas para enfrentar la dura tarea que
nos aguarda.
INDICE
TITULO
CAPITULO
1
CONSIDERACIONES
GENERALES
-
¿Que es la Desertificación? v Las Acciones Nacionales
-
Las Acciones Internacionales
-
La Convención Internacional de Lucha contra la Desertificación
-
El Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación
CAPITULO
2
OBJETIVOS
-
Objetivo General
-
Objetivos Específicos
CAPITULO
3
METODOLOGIA
-
De Abajo hacia Arriba
CAPITULO
4
DIAGNOSTICO
DE LA DESERTIFICACION
-
La Desertificación en el País
-
Que nos dijo la Gente
-
Información de los Talleres Regionales
CAPITULO
5
ASPECTOS
INSTITUCIONALES, JURIDICOS Y ECONOMICOS
-
Aspectos Institucionales
-
Aspectos Jurídicos
La
Constitución Nacional
La
ley de Fomento a la Conservación de Suelos
La
ley de Defensa de la Riqueza Forestal
Otras
Normas Nacionales
La
Legislación Provincial
-
Aspectos Económicos
CAPITULO
6
AREAS
DEL PROGRAMA DE ACCION
-
Programas de Acción Provinciales, Interprovinciales y Regionales
-
Red Nacional de información Lucha contra la Desertificación Sistema de
Monitoreo y Evaluación Nacional de la Desertificación
-
Educación, Capacitación y Concientización Pública
-
Fortalecimiento del Marco Institucional y Jurídico
-
Fortalecimiento del Marco Económico Financiero
-
Inserción del Programa Nacional en el orden Regional e Internacional
CAPITULO 1
CONSIDERACIONES GENERALES
¿Que es la desertificación?
La Convención Internacional de Lucha contra la
Desertificación define a este flagelo como la degradación de las tierras
áridas, semiáridas y subhúmedas secas resultantes de diversos factores,
tales como las variaciones climáticas y las actividades humanas.
Por otra parte, considera a la sequía como el
fenómeno que se produce naturalmente cuando las lluvias han sido
considerablemente inferiores a los niveles normales registrados,
causando un agudo desequilibrio hídrico que perjudica los sistemas de
producción de recursos de tierras.
La definición adoptada por la Convención se
fundamenta en una concepción de la desertificación como un fenómeno
integral que tiene su origen en complejas interacciones de factores
físicos, biológicos, políticos, sociales, culturales y económicos.
Los países signatarios de esta Convención, entre los
que se cuenta la Argentina, han tomado conciencia que la desertificación
y la sequía constituyen problemas de dimensiones mundiales, que afectan
el desarrollo sostenible de los distintos países, por la relación que
guardan con problemas tales como la pobreza, la salud, la desnutrición,
la falta de seguridad alimentaria y los problemas derivados de la
migración, el desplazamiento de personas y la dinámica geográfica.
Conscientes que aún no se han alcanzado los
resultados esperados en la lucha contra la desertificación, los países
firmantes han diseñado un nuevo enfoque institucional más efectivo,
dentro del marco del desarrollo sostenible.
La República Argentina ha suscripto en 1994 y
ratificado en 1996 la Convención Internacional de Lucha contra la
Desertificación, confiando en que esta nueva herramienta normativa se
convierta en un instrumento válido para prevenir, combatir y revertir
los graves procesos de desertificación que sufre nuestro país.
En efecto, las zonas de deterioro y degradación del
ecosistema comprenden el 75% del territorio nacional.
Estos hábitats frágiles afectados por la ganadería,
prácticas agrícolas inapropiadas, el manejo inadecuado de los recursos
naturales, la pérdida de la biodiversidad de los bosques y del suelo, la
caída de la productividad con el consiguiente empobrecimiento de la
condiciones de vida llevaron al deterioro y la desertificación.
La población afectada por estos procesos es
aproximadamente el 30% del total nacional, comprendiendo unos 9 millones
de habitantes.
Entre las causas de la desertificación, la
degradación a través de los procesos erosivos (erosión hídrica y eólica)
es una de las principales.
En la actualidad, más de 60.000.000 de hectáreas
están sujetas a procesos erosivos de moderados a graves, y cada año se
agregan 650.000 hectáreas con distintos grados de erosión.
Las formaciones boscosas de la Argentina han sufrido
una dramática disminución. En los últimos 75 años la reducción de la
superficie forestal natural alcanza el 66%, debido a la producción de
leña y carbón vegetal, al desmonte para la extensión de la frontera
agropecuaria y otras actividades industriales. Esto es particularmente
grave para las regiones áridas, semiáridas y subhúmedas.
La forma de tenencia de la tierra es un factor que
contribuye a agravar los procesos de deterioro.
Mientras que en la Patagonia el sobrepastoreo es la
norma, tanto para el minifundio como el latifundio dedicados a la
producción ovina, en la región árida del centro norte el problema del
minifundio, la ocupación de tierras fiscales y los problemas de títulos
—tierras comuneras— llevan a una degradación del suelo y del bosque,
disminuyendo y aún anulando la productividad, sumiendo a los pobladores
en la pobreza u obligándolos a emigrar.
Las acciones nacionales
La actividad de los centros de investigación y
desarrollo del sistema científico-tecnológico, tanto nacionales como
provinciales, ha permitido alcanzar un alto grado de conocimiento del
medio regional y su problemática, y desarrollar herramientas técnicas
adecuadas para combatir la desertificación, como la actividad
desarrollada por el Instituto Argentino de Investigaciones de las Zonas
Aridas (IADIZA), desde su creación en 1970.
La acción propia de las universidades y centros de
investigación, se potencia con las prioridades establecidas en los
Programas Nacionales de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la
Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Nación.
La sanción histórica de la Ley 22.428 de Fomento a la
Conservación de los Suelos en 1982, y su aplicación por la Secretaría de
Agricultura y Ganadería de la Nación en el período 1983/1989, permitió
incorporar 2.800.000 de has. bajo manejo conservacionista y otras
2.500.000 de has. como áreas protegidas, de cuyo total el 95 %
corresponden a la región árida y semiárida.
La actividad permanente del Instituto Nacional de
Tecnología Agropecuaria (INTA) en materia de conservación de recursos
naturales para la agricultura, se tradujo en acciones concretas como el
Proyecto de Prevención y Control de la Desertificación en la Patagonia,
una propuesta integral de investigación, desarrollo y extensión para una
región con severísimos problemas de desertificación.
A la actividad gubernamental de combate de la
desertificación debe sumarse las acciones desarrolladas por varias
Organizaciones No Gubernamentales, y los proyectos y programas de la
cooperación internacional, destacándose como ejemplo la acción de GTZ en
distintas áreas secas del país. La Secretaría de Recursos Naturales y
Desarrollo Sustentable desde su creación en 1991 ha incorporado las
estrategias de lucha contra la desertificación. En el contexto de la
política ambiental nacional se desarrolla en la actualidad el Programa
de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación.
Las acciones internacionales
La degradación de los suelos es tan antigua como la
propia humanidad, y este problema ha acompañado al hombre desde sus
orígenes. No obstante, hubo de pasar mucho tiempo para que la comunidad
internacional tomara efectiva conciencia acerca de la imperiosa
necesidad de preservar este recurso.
Puede decirse que en 1972, en Estocolmo, Suecia, se
produce la primera manifestación del derecho ambiental como categoría
autónoma e integradora, cuando la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio Ambiente establece que "El hombre tiene el derecho
fundamental a la libertad y a la igualdad, dentro de condiciones de vida
satisfactorias, en un ambiente cuya calidad le permita vivir en igualdad
y bienestar. Asimismo, tiene el deber fundamental de proteger y mejorar
el ambiente para las generaciones presentes y futuras".
Luego de la sequía y el hambre que afectó el Sahel,
entre 1968 y 1974, que llevaron a la muerte a más de 200.000 personas,
comienzan a implementarse acciones continuadas dentro de las Naciones
Unidas para paliar esta situación.
En 1977, en la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre Desertificación, llevada a cabo en Nairobi, Kenia, se decide
incluir tal cuestión en la agenda internacional, como problema
económico, social y ambiental de alcance mundial. De esta conferencia
surge el Plan de Acción de las Naciones Unidas de Lucha contra la
Desertificación. No obstante, a comienzos de los años 90, sólo una
veintena de países habían elaborado planes de acción nacionales. La
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo, que se celebró en Río de Janeiro, Brasil, en 1992, mostró la
preocupación internacional sobre el futuro del planeta y de la propia
humanidad. En la Declaración de Río de Janeiro, en el Principio 1 se
expresa que "Los seres humanos constituyen el centro de las
preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho
a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza".
La problemática de la desertificación fue
expresamente contemplada en el Capítulo 12.
En este contexto, los dirigentes del mundo acordaron
solicitar a la Asamblea General de las Naciones Unidas que conformara un
Comité Intergubernamental de Negociación para la elaboración de un
instrumento específico de lucha contra la desertificación.
La Convención Internacional de Lucha contra la
Desertificación
La República Argentina, desde 1993, por intermedio de
la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable y el
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, ha
trabajado activamente, en el seno de ese Comité, en la elaboración de la
"Convención Internacional de Lucha contra la Desertificación en los
Países Afectados por Sequía Grave y/o Desertificación, en particular
Africa".
Luego de intensas sesiones, llevadas a cabo en
Nairobi, Ginebra, Nueva York y París, la Convención fue finalmente
aprobada. Eso sucedió el 17 de junio de 1994.
En octubre de ese año, en París, la Convención se
abrió a la firma de los países. La Argentina fue uno de ellos.
La concreción de tal instrumento constituye uno de
los hechos de mayor trascendencia luego de la denominada Cumbre de la
Tierra, pues se plasman con singular énfasis los principios y postulados
de Río.
El proceso de ratificación de la Convención en la
Argentina concluyó en 1996. El Tratado fue aprobado por ambas Cámaras
del Congreso, y el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley Nº 24.701,
que incorpora la referida Convención al ordenamiento jurídico interno.
La ratificación significa para los países la
aceptación de la Convención como un documento legalmente obligatorio.
Para la Argentina el compromiso es aún mayor, ya que en el espíritu y en
la letra de la nueva Constitución Nacional, los acuerdos internacionales
asumidos pasan a formar parte de esta ley superior.
En octubre de 1997, en la ciudad de Roma, tuvo lugar
la Primera Conferencia de las Partes de la Convención, ya que para esa
fecha se habían obtenido 102 ratificaciones, superando holgadamente las
50 necesarias para ponerla en vigencia.
La ratificación de la Convención Internacional de
Lucha contra la Desertificación constituye un aporte de vital
importancia en la obtención de una herramienta legislativa integradora
para luchar contra este flagelo, la que deberá ser ensamblada con el
ordenamiento jurídico actualmente vigente en esta materia.
Por lo demás, las normas reglamentarias que se dicten
en su consecuencia permitirán contar con los mecanismos específicos y
particularizados para consolidar la sustancial tarea de prevenir y
combatir la desertificación.
El Programa de Acción Nacional de Lucha contra la
Desertificación
La Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo
Sustentable, como punto focal nacional en desertificación, inicia en
1995 la elaboración del Programa de Acción Nacional de Lucha contra la
Desertificación (PAN), coordinando una discusión amplia con todas las
instituciones y organismos públicos nacionales y provinciales,
organizaciones no gubernamentales y asociaciones de productores
relacionadas con el problema, con la finalidad de contribuir al
desarrollo sustentable en las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas
secas de la República Argentina.
El Programa de Acción Nacional contó con el apoyo
técnico y financiero del Programa de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación (FAO) y el Programa de las Naciones Unidas
para el Medio Ambiente (PNUMA).
Así también, ha sido sustantivo el aporte realizado
por la Oficina de Lucha contra la Desertificación del Programa de
Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD/UNSO) y el Secretariado de la
Convención, financiando un conjunto de tareas de sensibilización que
fueron desarrolladas.
Tres elementos han sido claves para el desarrollo del
PAN:
1. — El establecimiento de una regionalización
del país considerando las diferentes condiciones naturales y
jurisdiccionales, y respetando la homogeneidad a nivel de grandes
ecosistemas. Se dividió el país en tres áreas operativas a los efectos
de abordar problemáticas comunes de varias provincias participantes de
una misma región y descentralizar la operatoria del PAN. Así también
sirvió para asegurar la participación local y diseñar Programas
Regionales.
2. — La designación de especialistas locales
que, por su conocimiento, vinculación con la realidad regional, y
capacidad operativa, pudieron actuar como facilitadores regionales del
PAN. El equipo de facilitadores regionales ha sido un instrumento clave
para el desarrollo del Programa. El conocimiento de la región, la
capacidad de convocatoria y credibilidad entre los actores regionales,
su independencia política, estabilidad y el respaldo institucional han
sido los elementos básicos para su elección.
Las funciones de los facilitadores fueron:
— Asegurar la máxima participación institucional y
social en las actividades del PAN en la región.
— Elaborar junto al Punto Focal Nacional la
estrategia, metodología y mecanismos de trabajo a nivel regional.
— Ordenar acciones tendientes a definir regiones,
identificar y convocar a colaboradores y a realizar las actividades de
promoción del PAN.
El aval de sus propias instituciones ha sido
fundamental, ya que ningún facilitador regional o subregional ha
percibido honorarios extra por pertenecer al PAN, sino que su actividad
está contenida por las funciones propias del cargo que detenta.
3. — La definición de una estrategia
participativa flexible y dinámica, que se establece a diferentes niveles
territoriales (nacional, regional y local), sectoriales
(político-institucional, científico y de los diferentes actores sociales
organizados).
En el nivel nacional se conforma el Comité Ejecutivo
Provisorio del PAN con el objeto de facilitar la convocatoria al
Programa y garantizar el desarrollo del mismo, este Comité reúne a
representantes de instituciones nacionales y regionales de relevancia en
los ámbitos político, científico, educativo, sanitario, de seguridad, y
otros; y representantes de la sociedad civil organizada como ONGs y
asociaciones de productores. La participación de los diferentes actores
sociales de cada región se garantizó a través de la realización de
variados eventos desde comisiones de trabajo, jornadas preparatorias,
talleres móviles, actividades de sensibilización, audiencias públicas y
talleres locales y regionales.
En forma paralela se apoyó el armado de una red de
ONGs que trabajan en desertificación y promoción social en las zonas
áridas, para apoyo al Programa y que tienen representación en el Comité
Nacional.
Además se prevé la creación de un grupo de trabajo
especial constituido por referentes de reconocida experiencia del ámbito
científico-tecnológico, como asesoría al proceso PAN.
En otro orden, es factible insertar
institucionalmente el Programa de Acción Nacional de Lucha contra la
Desertificación dentro de la Convención pertinente, recurriendo a la
reglamentación de la ley 24.701.
De este modo, esta potenciación institucional del
referido Programa incrementaría su rol de canalizador de diferentes
proyectos relativos a la lucha contra la desertificación.
No obstante las facultades que en la materia le son
conferidas al Poder Ejecutivo Nacional por el ordenamiento normativo
vigente, se estima adecuado propiciar un mecanismo de fuerte
participación, previo al dictado del señalado decreto reglamentario.
La positiva experiencia recogida en relación al
diseño del Programa de Acción Nacional, que se sustentó en una
metodología de apertura y protagonismo, alienta a reiterar el camino
trazado, que no sólo se compadece con los principios de la Convención de
las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación y la propia
Constitución Nacional, sino que ha sido el postulado sustantivo de todos
quienes participaron del Programa.
Existe consenso en afirmar que la legitimidad del
Programa descansa en esta política de participación institucional.
Esta estrategia, se fue proyectando a nivel de las
Provincias como mecanismo de consolidación del tema de desertificación
en la política ambiental local y sirvió como apoyo necesario para la
ratificación de la Convención por parte de los representantes
provinciales en el Congreso Nacional.
En efecto, las provincias argentinas han mostrado un
fuerte interés en relación al Programa de Acción Nacional de Lucha
contra la Desertificación. En ese orden, un buen número de legislaturas
locales han declarado de interés provincial el referido programa.
Esta determinación, adoptada por los gobiernos
provinciales, es de singular importancia en nuestra materia, ya que los
estados locales son los titulares originarios de los recursos naturales.
CAPITULO
2
OBJETIVOS
-
Objetivo General
-
Objetivos Específicos
CAPITULO
3
METODOLOGIA
-
De Abajo hacia Arriba
CAPITULO
4
DIAGNOSTICO
DE LA DESERTIFICACION
-
La Desertificación en el País
-
Que nos dijo la Gente
-
Información de los Talleres Regionales
CAPITULO
5
ASPECTOS
INSTITUCIONALES, JURIDICOS Y ECONOMICOS
-
Aspectos Institucionales
-
Aspectos Jurídicos
La
Constitución Nacional
La
ley de Fomento a la Conservación de Suelos
La
ley de Defensa de la Riqueza Forestal
Otras
Normas Nacionales
La
Legislación Provincial
-
Aspectos Económicos
CAPITULO
6
AREAS
DEL PROGRAMA DE ACCION
-
Programas de Acción Provinciales, Interprovinciales y Regionales
-
Red Nacional de información Lucha contra la Desertificación Sistema de
Monitoreo y Evaluación Nacional de la Desertificación
-
Educación, Capacitación y Concientización Pública
-
Fortalecimiento del Marco Institucional y Jurídico
-
Fortalecimiento del Marco Económico Financiero
-
Inserción del Programa Nacional en el orden Regional e Internacional
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