Secretaría
de Recursos Naturales y Ambiente Humano
RESIDUOS
PELIGROSOS - MODIFICA DECRETO 831/93
Resolución
(SRNyAH) 123/95. Del 12/4/1995. B.O.: 3/5/1995. Residuos
peligrosos. Generación, manipulación, transporte y tratamiento.
Modificación del glosario que integra el anexo I del dec. 831/93,
reglamentario de la ley 24.051.
VISTO
la ley Nº 24.051 y su Decreto Reglamentario Nº 831/93; y
CONSIDERANDO:
Que
es necesario, oportuno y conveniente adecuar los términos de la
reglamentación en virtud de las circunstancias y experiencias adquiridas
por esta Secretaría en su carácter de autoridad de aplicación de las
normas mencionadas en el Visto;
Que
en el Anexo I, a) del Decreto Nº 831/93, "Glosario" el ítem 24
"operador" no alcanza a cubrir a todas las personas o empresas
que puedan ser consideradas como operadores en los alcances de la
legislación nacional e internacional;
Que
la suscripta es competente en virtud de las disposiciones de la ley
24.051, art. 60 inc. h) y el Decreto Nº 831/93, art. 60 apartado 2);
Por
ello:
LA
SECRETARIO
DE
RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO
RESUELVE:
Art.
1° - Agréguese al ítem 24 "Operador" del glosario que integra
el anexo I del dec. 831/93 lo siguiente: "Es también operador el que
cumple con las operaciones de almacenamiento previo a cualquier operación
indicada en la Sección A de eliminaciones (D-15) y/o recuperación en la
sección B (R.13) ambas del anexo III de la ley 24.051".
Art.
2° - De forma. |