Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
RESIDUOS PELIGROSOS -
CATEGORÍAS SOMETIDAS A CONTROL
- LISTADO OPERATIVO
Resolución (MAyDS) 263/21. Del 18/8/2021. B.O.:
20/8/2021. Residuos Peligrosos. Aprueba el Listado Operativo de Residuos
Peligrosos abarcados por las Categorías Sometidas a Control previstas en
el Anexo I de la Ley N° 24.051.
Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2021
VISTO el Expediente EX-2021-50922077-APN-DGAYF#MAD del
Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA
NACIÓN, la Ley de Ministerios N.° 22.520 (T.O. Decreto N.° 438 del 20 de
marzo de 1992), sus modificatorias y complementarias; la Ley de Residuos
Peligrosos N.° 24.051 y su Decreto Reglamentario N.° 831 del 3 de mayo
de 1993; la Ley General del Ambiente N.° 25.675, el Decreto N° 50 del 20
de diciembre de 2019, la Resolución de la ex Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros N.° 827
del 2 de octubre de 2015, la Resolución de la ex Secretaria de Gobierno
de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Secretaria General de la
Presidencia de la Nación N.° 453 del 2 de diciembre de 2019 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.051 establece las disposiciones
generales aplicables para la generación manipulación, transporte,
tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos en los
supuestos previstos en su artículo 1°.
Que en el Anexo I de la mencionada Ley se describen las
Categorías Sometidas a Control, con su descripción y discriminadas en
dos naturalezas, siendo la primera Corrientes de Desechos (Y01 a Y18) y
la segunda Desechos que tengan como Constituyentes determinados
componentes (Y19 a Y48). Que mediante la Resolución 827/2015 de la
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, se creó el Sistema de
Manifiesto en Línea- SIMEL-, con el fin de sistematizar e informatizar
el Sistema de Control de la Trazabilidad de los Residuos Peligrosos
establecido por la Ley Nº 24.051.
Que sistematizar e informatizar el control a través de
la implementación del SISTEMA DE MANIFIESTO EN LÍNEA (SIMEL), posibilitó
un mejor seguimiento del desarrollo de las actividades antrópicas en el
marco de lo establecido por el artículo 8°, inciso 3) de la Ley
Nº 25.675.
Que, con posterioridad y siguiendo los mismos
lineamientos establecidos y mencionados anteriormente, se dictó la
Resolución N° 453/2019 de la Secretaría De Gobierno De Ambiente Y
Desarrollo Sustentable De Presidencia De La Nación por la cual se crea
el sistema de Gestión Integral de Residuos y Otros.
Que, a los efectos de optimizar el sistema de control de
la gestión de los residuos peligrosos, es necesario contar con un
Listado Operativo de Residuos Peligrosos abarcados por las Categorías
Sometidas a Control del Anexo I de la Ley N° 24.051, que refleje la real
operatoria de los sujetos alcanzados por dicha Ley.
Que este Listado Operativo de Residuos Peligrosos
beneficiará a los administrados, en tanto su publicidad contribuye a una
estandarización y mejor utilización del sistema de trazabilidad de los
residuos peligrosos.
Que en atención a la dinámica producto de los avances
tecnológicos y mejoras en los sistemas productivos de los sujetos
alcanzados por esta normativa aplicable, resulta necesario mantener
actualizado el Listado Operativo de Residuos Peligrosos.
Que con esta herramienta se pretende una correcta y
precisa identificación de los residuos peligrosos que se traduzca en la
posibilidad de evitar o disminuir riesgos para el ambiente y las
personas, durante los diferentes estadios que implica la gestión para su
eliminación (manipulación, almacenamiento, transporte, tratamiento o
disposición final), y esto se logra listando estos residuos desagregados
dentro de cada corriente de desechos o que poseen constituyentes y que
por el riesgo o peligro inherente, necesariamente, deben ser
individualizados.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención en el ámbito de su
competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad, con lo
dispuesto en la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N.° 438/92)
sus modificatorias y complementarias, la Ley de Residuos Peligrosos N.°
24.051 y su Decreto Reglamentario N.° 831 del 23 de abril de 1993 (BO
3/05/93), la Ley N.° 25.675, el Decreto N.° 7 y Decreto N.° 20, ambos
del 10 de diciembre de 2019 (BO 11/12/19) y el Decreto N.° 50 del 19 de
diciembre de 2019 (BO 20/12/19).
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébase el Listado Operativo de Residuos
Peligrosos abarcados por las Categorías Sometidas a Control previstas en
el Anexo I de la Ley N° 24.051, de acuerdo al Anexo Único que, como IF-2021-74208325-APN-DNSYPQ#MAD,
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2°.- El Listado Operativo de Residuos
Peligrosos deberá ser revisado en forma periódica y mantenerse
actualizado por la Coordinación de Residuos Peligrosos de la Dirección
Nacional de Sustancias y Productos Químicos de la Secretaría de Control
y Monitorio Ambiental.
ARTICULO 3°.-La presente Resolución entrará en vigencia
a partir del día siguiente a su publicación.
ARTICULO 4°.-Comuníquese, publíquese, dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO
(formato PDF) - Listado Operativo de Residuos Peligrosos abarcados
por las Categorías Sometidas a Control previstas en el Anexo I de la Ley
N° 24.051. |