Ministerio de Salud y
Ambiente
SALUD PUBLICA -
RES. NROS. 1088/2004 Y 579/2005 - PRORROGASE FECHA DE
ENTRADA EN VIGENCIA
Resolución (MSyA) 1539/05.
Del 26/10/2005. B.O.: 1/11/2005. Prorrógase la fecha de entrada en
vigencia de la Resolución Nº 1088/2005 y de su complementaria Nº
579/2005, por las cuales se establecieron límites en el contenido de
plomo en las pinturas de látex.
Bs. As., 26/10/2005
VISTO el Expediente Nº
2002-16.061/05-2 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE y la
Resolución Ministerial Nº 1088 de fecha 14 de octubre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por dicha resolución se
establecen límites en el contenido de plomo en las pinturas de látex que
contengan más de 0,06 gramos de plomo por CIEN GRAMOS (100 gs.) y
(0,06%) de masa no volátil de la pintura.
Que a la fecha la DIRECCION
NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION no cuenta con un Organismo de
Certificación y un Laboratorio de ensayo acreditados para la aplicación
de la Resolución M.S. y A. Nº 1088/ 04 y de su complementaria Nº 579/05,
sin los cuales resulta imposible dar cumplimiento a sus disposiciones.
Que la DIRECCION DE PROMOCION
Y PROTECCION DE LA SALUD - DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS SANITARIOS de
la SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION estima
procedente prorrogar la fecha de entrada en vigencia de la Resolución
M.S. y A. Nº 1088/ 04 y su complementaria Nº 579/05 por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del vencimiento del plazo
previsto en su artículo 1º, habida cuenta que en su artículo 3º, párrafo
segundo, establece que la determinación de las concentraciones de plomo
contenidas en el producto a certificar deberán realizarse en un
laboratorio acreditado en el Organismo Argentino de Certificación y
reconocido por la DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR.
Que la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se
dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la "Ley de
Ministerios - t.o. 2002"
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD Y
AMBIENTE
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorrógase la
fecha de entrada en vigencia de la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Y
AMBIENTE Nº 1088 de fecha 14 de octubre de 2004 y de su complementaria
Nº 579/05 por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir
del vencimiento del plazo previsto en su artículo 1º por los motivos
enunciados en su Considerando.
(Nota Ecofield: por art. 3º
de la
Resolución Nº 7/2009 del Ministerio de Salud B.O. 19/01/2009, se
prorroga la presente Resolución hasta el vencimiento del plazo previsto
en el artículo 1º de la norma de referencia)
Art. 2° — Comuníquese
mediante copia autenticada de la presente Resolución a la DIRECCION
NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA
del MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION y a la DIRECCION GENERAL DE
ADUANAS de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS para su conocimiento y adopción de las medidas
concordantes en la órbita de sus competencias.
Art. 3° — De forma. |