Ministerio de Agroindustria
SENASA –
MONTOS ARANCELARIOS –
RESOLUCION 168/16 MA – MODIFICACION
Resolución (MA) E 75/17. Del 12/4/2017. B.O.: 20/4/2017.
SENASA. Arancel. Modifica el valor del arancel previsto en el Anexo II
de la Resolución Nº 168/16. Canon Contributivo por tareas de control de
determinados programas fitosanitarios que se desarrollan en la región
patagónica.
Ciudad de Buenos Aires, 12/04/2017
VISTO el Expediente Nº S05:0000890/2017 del Registro del
MINISTERIO DE AGRO-INDUSTRIA, la Resolución Nº 168 del 5 de mayo de
2016, modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre de 2016,
ambas del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 168 del 5 de mayo de 2016,
modificada por su similar N° 321 del 7 de septiembre de 2016, ambas del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, aprobó los valores de aranceles que el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita del citado Ministerio, percibe como
contraprestación de los servicios realizados a terceros.
Que los Programas Nacionales de Control y Erradicación
de Mosca de los Frutos y de Supresión de Carpocapsa del referido
Servicio Nacional que se desarrollan en la región Patagónica, se
financian principalmente con los montos provenientes del canon
contributivo aprobado por el Código 172 del Anexo II de la citada
Resolución Nº 168/16, el que se aplica sobre las especies hospedantes de
dichas plagas que se envían como fruta fresca o industrializada hacia
mercados localizados fuera de la región.
Que las instituciones intervinientes en la
implementación de los mentados Programas —el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, los Gobiernos Provinciales de Río
Negro y del Neuquén, la FUNDACIÓN BARRERA ZOOFITOSANITARIA PATAGÓNICA (FUNBAPA),
la Cámara Argentina de Fruticultores Integrados (CAFI) y la Federación
de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén— reunidas con fecha 13 de
diciembre de 2016, acordaron solicitar la actualización del valor del
mencionado Código 172, a efectos de ajustarlo a la realidad económica
actual, con el objetivo de mantener y ampliar los logros alcanzados por
dichos Programas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente
acto, en virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus
modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO
DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Sustitúyese el valor del arancel previsto
en el Anexo II de la Resolución Nº 168 del 5 de mayo de 2016, modificada
por su similar N° 321 del 7 de septiembre de 2016, ambas del MINISTERIO
DE AGROINDUSTRIA, bajo el Código 172, por el monto que se detalla en el
documento GEDO IF-2017-04317729-APN-PRES#SENASA Anexo de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2°. - La presente resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ANEXO
CÓDIGO |
CONCEPTO |
UNIDAD DE MEDIDA |
IMPORTE EN PESOS ($) |
172 |
CANON CONTRIBUTIVO POR TAREAS DE CONTROL DE LOS
PROGRAMAS FITOSANITARIOS QUE SE DESARROLLAN EN LA REGIÓN
PATAGÓNICA, PRODUCTOS EN FRESCO DE ESPECIES VEGETALES HOSPEDERAS
DE MOSCA DE LOS FRUTOS Y CARPOCAPSA, CON DESTINO A CONSUMO
FRESCO O USO INDUSTRIAL |
UNA (1) TONELADA O FRACCIÓN |
26,51 |
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