Poder
Ejecutivo Nacional
TRANSITO
Y SEGURIDAD VIAL - REGLAMENTACION
Decreto
779/95. Del 20/11/1995. B.O.: 29/11/1995. Apruébase la reglamentación de
la Ley N° 24.449 de Tránsito
y Seguridad Vial.
Anexo
M - Anexo al art. 33 inc. a)
Definiciones
01.
Configuración de carrocería: Combinación única de partes, piezas y
componentes que caracterizan a la carrocería del vehículo, por su estilo,
volumen y aerodinámica.
02.
Configuración del motor: Combinación única de una familia de motores,
cilindrada, sistema de control de emisiones de gases, sistema de alimentación
de combustible y sistema de ignición.
03.
Configuración del vehículo: Combinación única de una configuración de
carrocería, configuración de motor, inercia del vehículo y las relaciones
de transmisión desde el volante del motor hasta la rueda incluida.
04.
Conformidad de la producción: Cumplimiento de los vehículos producidos en
serie con los límites máximos de emisión establecidos y otras exigencias
de este artículo.
05.
Emisión evaporativas de combustible: Sustancias emitidas a la atmósfera
provenientes de la evaporación del combustible por las respiraciones, tapas
y conexiones del tanque, carburador o sistema de inyección de combustible y
sistemas de control de emisión.
06.
Factor de deterioro de la emisión: Factor numérico que limita el aumento
de la emisión de un motor o vehículo en función de su uso, en el límite
máximo de emisión.
07.
Familia de motores: Clasificación básica para la línea de producción de
un mismo fabricante, determinada de tal forma que cualquier motor de la
misma familia tenga las mismas características de emisión, a lo largo de
los períodos garantizados por escrito por el fabricante:
08.
Gas de cárter: Sustancias emitidas a la atmósfera. provenientes de
cualquier parte de los sistemas de lubricación o ventilación del cárter
del motor.
09.
Gas de escape: Sustancias emitidas a la atmósfera, provenientes de
cualquier abertura del sistema de escape o por la junta de escape del motor.
10.
Hidrocarburos: Total de sustancias orgánicas, incluyendo fracciones de
combustible no quemado y subproductos resultantes de la combustión,
presentes en el gas de escape y que son detectados por un detector de
ionización de llama.
11.
Marcha lenta: Régimen de trabajo en que la velocidad angular del motor,
especificada por el fabricante, deberá ser mantenida dentro de las
cincuenta revoluciones por minuto (± 50 RPM) y el motor deberá estar
operando sin carga con los controles del sistema de alimentación de
combustible. acelerador y cebador, en la posición de reposo.
12.
Masa en orden de marcha: Masa del vehículo sin carga real o estimada por el
fabricante- en condiciones de operación con todo el equipamiento estándar,
el combustible según la capacidad nominal del tanque, y el equipamiento
opcional establecido para los ensayos de emisiones. Los vehículos
incompletos deberán tener la masa en orden de marcha especificado por su
fabricante.
13.
Masa de referencia: Masa del vehículo en marcha más ciento treinta y seis
(136 kg). Esta, utilizada para determinar la inercia equivalente.
14.
Masa total: Masa en orden de marcha del vehículo más su carga máxima y
ocupantes.
15.
Modelo de vehículo: Nombre que caracteriza una línea de producción de vehículos
del mismo fabricante, con las mismas características constructivas, excepto
ornamentos.
16.
Oxido de nitrógeno: Suma de óxido nítrico y de dióxido de nitrógeno
presentes en el gas de escape, como si el óxido nítrico estuviese presente
sólo bajo la forma de dióxido de nitrógeno.
17.
Partículas visibles: Partículas, incluyendo aerosólidos provenientes de
la combustión incompleta, presentes en el gas de escape de motores de ciclo
diesel y que producen oscurecimiento, reflexión y/o refracción de la luz.
18.
Valor típico de emisión: Valor de emisión de contaminantes obtenidos a
través de relevamientos estadísticos que deberá representar la emisión
de una configuración de vehículo y/o motor bajo consideración.
19.
Vehículo liviano: Vehículo automotor de pasajeros, de carga o de uso
mixto, con una masa total de hasta tres mil ochocientos cincuenta y seis
kilogramos (3856 kg) o una masa en orden de marcha de hasta dos mil
setecientos veintidós kilogramos (2722 kg).
20.
Vehículo liviano de pasajeros: Vehículo liviano diseñado para el
transporte de personas con capacidad de hasta doce (12) pasajeros o derivado
de este para el transporte de carga.
21.
Vehículo comercial liviano: Vehículo liviano diseñado para el transporte
de carga o derivado de éste. Se incluye todo vehículo liviano para el
transporte de más de doce (12) pasajeros y todo vehículo liviano diseñado
con características especiales permitiendo su operación o uso fuera de
rutas o caminos.
22.
Vehículo pesado: Vehículo automotor de pa5ajeros, de carga o de uso mixto.
con una masa total superior a tres mil ochocientos cincuenta y seis
kilogramos (3.856 kg) o una masa en orden de marcha superior a dos mil
setecientos veintidós kilogramos (2.722 kg.).
23.
Abreviaturas utilizadas:
Db
(a): Decibeles en la curva de ponderación "A" obtenido con un
filtro que reproduce la respuesta del oído humano.
G/kwh:
Gramos (g) de contaminante emitido por kilowatt hora (kwh) desarrollado por
el motor.
G/km:
Gramos (g) de contaminante emitido por kilometro (km) recorrido de acuerdo
al ciclo de manejo establecido.
M-1:
Coeficiente de absorción de luz expresado en metros (m) elevado a la
potencia menos uno (-1 ).
%
co: Indica porcentaje ( % ) en volumen de monóxido de carbono emitido
Ppm:
Indica partes por millón de hidrocarburos libres en equivalente metanol.
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