Organismo Provincial para el Desarrollo
Sustentable
RESIDUOS
ESPECIALES - TASA - PRORROGA
Resolución (OPDS) 29/13. Del 27/2/2013.
B.O.: 18/3/2013. Prorrogar la fecha de vencimiento para la presentación
de la Declaración Jurada y pago de la Tasa Especial establecida en los
artículos 8° y 4° del Decreto N° 806/97 y su modificatorio N° 650/11,
correspondiente al año 2013, hasta el día 27 de marzo de 2013, por los
motivos expuestos en los considerandos de la presente.
La Plata, 27 de febrero de 2013.
VISTO el expediente N° 2145-31716/13, lo
regulado por las Leyes N° 11.720 y Nº 13.757, los Decretos Nº 806/97 y
su modificatorio N° 650/11 y la Resolución de la ex Secretaría de
Política Ambiental N° 593/00 y Resolución N° 157/12 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4° del Decreto N° 806/97 y su
modificatorio N° 650/11, reglamentario de la Ley N° 11.720 de Residuos
Especiales faculta a este Organismo Provincial a establecer los plazos y
modos en que los obligados procederán al pago de la Tasa Especial que
prevé el mismo;
Que, el artículo 8° del Decreto N° 806/97 y
su modificatorio N° 650/11, reglamentario de la Ley N° 11.720, establece
la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada a efectos
de obtener el Certificado de Habilitación Especial;
Que mediante Resolución OPDS N° 157/12, se
modificó el artículo 2° de la Resolución ex Secretaría de Política
Ambiental Nº 593/00, estableciendo como fecha de vencimiento para la
declaración jurada prevista en el articulo 8° del Decreto Nº 806/97,
modificado por Decreto Nº 650/11, el último día hábil del mes de febrero
de cada año;
Que la Resolución N° 132/10 estableció en su
Art. 2° que los formularios creados y aprobados por las Resoluciones de
la ex Secretaría de Política Ambiental Nº 593/00, Nº 797/00 y Nº 1408/00
y sus modificatorias, deban ser generados en el sitio web del Organismo
Provincial para el Desarrollo Sostenible;
Que las modificaciones en la presentación de
la declaración jurada que se han producido como consecuencia de la
informatización de dicho procedimiento, han llevado a una mayor
celeridad, economía y eficacia en las actuaciones administras;
Que, asimismo, con motivo de la nueva
normativa dictada en esta temática se ha producido un considerable
aumento de presentaciones de declaraciones juradas de generadores de
residuos especiales, como así también ciertas demoras en la adaptación
al nuevo sistema de declaración jurada vía web;
Que resulta imprescindible, asegurar a los
administrados el derecho a presentar en tiempo las obligaciones
requeridas por esta Autoridad de Aplicación;
Que por lo expuesto y ante el inminente
vencimiento del plazo de presentación de la Declaración Jurada de
Residuos Especiales del corriente año, resulta necesaria su prórroga de
manera excepcional y por única vez;
Que la presente se dicta en virtud a lo
establecido en el artículo 32 de la Ley Nº 13.757;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO
PROVINCIAL
PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Prorrogar la fecha de
vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y pago de la
Tasa Especial establecida en los artículos 8° y 4° del Decreto N° 806/97
y su modificatorio N° 650/11, correspondiente al año 2013, hasta el día
27 de marzo de 2013, por los motivos expuestos en los considerandos de
la presente.
ARTÍCULO 2°: Establecer que vencido el plazo
de presentación, este Organismo Provincial procederá de acuerdo a lo
previsto en el artículo 13 del Decreto N° 806/97 y su modificatorio N°
650/11, sin perjuicio de aplicar las sanciones que correspondan en
virtud a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley N° 11.720.
ARTÍCULO 3º: Registrar, comunicar, publicar,
dar al Boletín Oficial y al Sistema de Información Normativa de la
Provincia de Buenos Aires (S.I.N.B.A.). Cumplido, archivar. |