ECOFIELD - ENARGAS - Resolución (ENARGAS) 716/98.

 

 

Argentina, Combustibles / Gas

- modificada y/o complementada por: resolución 1410/10 ENARGAS, resolución 3833/16 ENARGAS, resolución 4407/17 ENARGAS.

Ente Nacional Regulador del Gas

GAS NATURAL - CENTROS DE DESPACHO - REGLAMENTOS INTERNOS

Resolución (ENARGAS) 716/98. Del 10/9/1998. B.O.: 5/10/1998. Apruébase el Reglamento Interno de los Centros de Despacho.

Bs. As; 10/09/98

B.O: 5/10/98

VISTO el expediente Nº 1282/95 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto por la ley Nº 24076 y su reglamentación, aprobada por los Decretos Nº 1.738 y 2.255 del 18 de setiembre de 1992 y 2 de diciembre de 1992, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 138 de estos actuados mediante el informe GT/GD/GDyE/GAL Nº 53 del 7 de abril de 1995, se propuso una nueva versión de las Pautas para la Administración del Despacho de Gas Natural.

Que por acta Nº 64/95 el Directorio del ENARGAS dispuso aprobar con carácter provisorio y experimental el denominado "Reglamento Interno de los Centros de Despacho" recomendado por la firma ENERCONSULT, contratada a tales efectos, contando con la evaluación favorable de las Gerencias de Transmisión, Distribución y Asuntos Legales, y la conformidad de las Licenciatarias.

Que la vigencia de dicho reglamento, fue prorrogada sucesivamente durante los años 1995, 1996 y 1997, previo a los ajustes y revisiones que consideraron aconsejables, conforme surge de las fojas 199 a 208, 361 y 887 de estos obrados.

Que luego de la última revisión, y los varios años de que se experimentó el funcionamiento de dichas pautas, se considera necesario aprobar en forma definitiva el texto del mismo.

Que a tales fines mediante el informe GT/GAL/GD Nº 187 se elevó el pertinente proyecto, señalando los monitoreos y controles realizados, así como la evaluación del texto definitivo que se propicia.

Que el Directorio del ENARGAS se encuentra facultado para emitir este acto por el artículo 52 incisos b) y c) de la Ley 24076 su decreto reglamentario Nº 1738/92.

Por ello

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º - Apruébase a partir de la vigencia de la presente el texto definitivo del Reglamento Interno de los Centros de Despacho, sus Anexos I, II, III, IV, V, que forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º - La reglamentación aprobada en el artículo anterior, complementa y modifica los artículos 11, 23 y aclara las Condiciones Especiales del Servicio de Intercambio y Desplazamiento del Reglamento del Servicio para Transportistas de Gas Natural aprobado por Decreto 2255/92.

ARTICULO 3º - La reglamentación aprobada en el artículo 1º, sustituye del Anexo 1 "Modelo de Pautas para la Administración del Despacho" del Reglamento del servicio de Transportistas, los puntos 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 10.

ARTICULO 4º - La reglamentación aprobada en el artículo 1º, sustituye del Anexo 1 "Modelo de Pautas para la Administración del Despacho" del Reglamento del servicio de Distribuidoras, los puntos 2 ,3 y 5.

ARTICULO 5º - Derógase la Resolución ENARGAS Nº 41/94 y todas aquellas normas que se opongan a la presente.

ARTICULO 6º - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

-o-

arriba