Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible y Ministerio de Transporte
POLÍTICA AMBIENTAL -
PROCESOS PRODUCTIVOS –
TRANSPORTE FERROVIARIO – RESIDUOS - DURMIENTES
Resolución
Conjunta (MAyDS-MT) 2/20. Del 12/11/2020. B.O.: 16/11/2020.
Política Ambiental.
Procesos productivos. Decláranse de interés, aquellos procesos
productivos desarrollados en la República Argentina, que, a
partir de la valorización de residuos generados en el país,
permitan obtener durmientes y productos análogos para su empleo
en la infraestructura del transporte ferroviario nacional.
Por ello,
EL MINISTRO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Y
EL MINISTRO
DE TRANSPORTE
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°.-
Decláranse de interés del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE DE LA NACIÓN y del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA
NACIÓN, aquellos procesos productivos desarrollados en la
República Argentina, que, a partir de la valorización de
residuos generados en el país, permitan obtener durmientes y
productos análogos para su empleo en la infraestructura del
transporte ferroviario nacional, en el marco de los presupuestos
de la economía circular y el desarrollo sostenible.
ARTÍCULO 2°.-
Promuévase el desarrollo e inclusión de acciones tendientes al
fomento de la producción y utilización en la infraestructura del
transporte ferroviario nacional, de durmientes y otros productos
análogos obtenidos a partir de los procesos productivos
indicados en el artículo 1°, en las políticas públicas que el
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN, y
el MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN lleven a cabo.
ARTÍCULO 3°.- La
declaración otorgada por el artículo 1° de la presente
resolución, no contempla asignación o erogación presupuestaria
alguna.
ARTÍCULO 4°.-
Comuníquese la presente a BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., a la
OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), a DESARROLLO
DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA CON
PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (DECAHF SAPEM), a la
ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL
ESTADO (ADIFSE), a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL
TRANSPORTE (CNRT), organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a FERROCARRILES ARGENTINOS
SOCIEDAD DEL ESTADO (FASE) y a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
FERROVIARIO dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 5°.-
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. |