Instituto Nacional de
Tecnología Industrial
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y
TURISMO - LICENCIAS DE CONFIGURACION DE MODELO
Disposición (INTI) 294/10.
Del 13/5/2010. B.O.: 26/5/2010. Déjase sin efecto la Disposición de
Presidencia del INTI Nº 589/06. A partir de la fecha se realizará el
análisis técnico de los Expedientes que presentan las diferentes firmas
para la obtención de las Licencias de Configuración de Modelo (LCM) de
acuerdo a los tiempos perentorios establecidos en las Resoluciones Nos.
247/2005 y 276/2006, ambas de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, siendo enviados directamente los mismos a
esta última, sin incluir los Certificados a emitir por la SECRETARIA DE
MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, consignándose únicamente el
número de inicio de los trámites por ante esa dependencia.
Bs. As., 13/5/2010
VISTO las Resoluciones Nos.
247/2005 y 276/2006, de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y la Disposición de Presidencia Nº 589/06 de
este Instituto, y
CONSIDERANDO:
Que en las Resoluciones del
Visto se faculta al INTI a la realización del análisis técnico de los
expedientes que presentan las diferentes firmas para la obtención de las
Licencias de Configuración de Modelo (LCM).
Que en la primera de las
Resoluciones arriba citadas, se han establecido tiempos perentorios para
la realización de la tarea encomendada.
Que deben arbitrarse las
medidas necesarias para acortar los tiempos de tramitación de los
Certificados emitidos por la SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE, sin que ello implique retardar el cumplimiento de nuestras
obligaciones legales.
Que la Gerencia General
Operativa y la Subgerencia de Asuntos Legales han tomado la intervención
que les compete.
Por ello, en ejercicio de las
facultades que le asigna el inciso b) del artículo 5º del Decreto Nº 923
del 11 de setiembre de 1997
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
DISPONE:
ARTICULO 1º — Déjase sin
efecto la Disposición de Presidencia del INTI Nº 589/06.
ARTICULO 2º — A partir de la
fecha se realizará el análisis técnico de los Expedientes que presentan
las diferentes firmas para la obtención de las Licencias de
Configuración de Modelo (LCM) de acuerdo a los tiempos perentorios
establecidos en las Resoluciones Nos. 247/2005 y 276/2006, ambas de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA,
siendo enviados directamente los mismos a esta última, sin incluir los
Certificados a emitir por la SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE, consignándose únicamente el número de inicio de los
trámites por ante esa dependencia.
ARTICULO 3º — Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Ing. ENRIQUE M. MARTINEZ, Presidente, Instituto
Nacional de Tecnología Industrial. |