Secretaría de
Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
INDUSTRIA
AUTOMOTRIZ -
RESOLUCION N° 185/2007 - MODIFICACION
Resolución
(SICyM) 234/07. Del 30/5/2007. B.O.: 31/5/2007. Modificación de la
Resolución Nº 185/2007, en relación
con el plazo que se otorga a los importadores de autopartes y/o
elementos de seguridad no producidos como provisión normal de
fabricación del vehículo automotor, acoplado y semiacoplado, para la
exigencia de contar con el Certificado de Homologación de Autopartes y/o
Elementos de Seguridad, al momento de presentar la solicitud para
despacho a plaza.
Derogada
por Resolución (SICyPYME)
66/08.
Bs. As.,
30/5/2007
VISTO el
Expediente Nº S01:0154528/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por los
presentes actuados se propician ajustes parciales a la Resolución Nº 185
de fecha 26 de abril de 2007 modificada por la Resolución Nº 205 de
fecha 10 de mayo de 2007, ambas de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION.
Que la
modificación propiciada está fundada en la necesidad de otorgar a los
importadores de autopartes y/o elementos de seguridad no producidos como
provisión normal de fabricación del vehículo automotor, acoplado y
semiacoplado que se incorporan al Anexo I de la Resolución Nº 91 de
fecha 13 de septiembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA, idéntico plazo al otorgado a los fabricantes
nacionales de los mismos para la exigencia de contar con el Certificado
de Homologación de Autopartes y/o Elementos de Seguridad (C.H.A.S.) al
momento de presentar la solicitud para el despacho a plaza.
Que la
Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y
Mediana Empresa, dependiente de la Dirección General de Asuntos
Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la
intervención que le compete.
Que la
presente resolución se dicta en virtud de las facultades emergentes del
Artículo 28 de la Ley Nº 24.449 y del Artículo 28 del Anexo I del
Artículo 1º del Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Artículo 1º —
Sustitúyese el Artículo 5º de la Resolución Nº
185 de fecha 26 de abril de 2007 de
la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, modificada por la Resolución Nº
205 de fecha 10 de mayo de 2007 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, por el siguiente:
"ARTICULO 5º.-
Para el despacho a plaza de las autopartes y/o elementos de seguridad
listadas en el Anexo de la Resolución Nº
205 de fecha 10 de mayo de 2007 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, se exigirá el Certificado de Homologación de Autopartes y/o
Elementos de Seguridad (C.H.A.S.) a partir de transcurridos CIENTO
OCHENTA (180) días desde la publicación de la presente.
Las autopartes
y/o elementos de seguridad despachadas a plaza podrán ser
comercializadas por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días,
contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución".
Art. 2º —
Modifícase el Anexo de la Resolución Nº
185 de fecha 26 de abril de 2007 modificada por la Resolución Nº
205 de fecha 10 de mayo de 2007, ambas
de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la expresión
"Amortiguadores convencionales" por "Amortiguadores, excepto los del
tipo Mc Pherson".
Art. 3º — La
presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º — De
forma. |