Gerencia de Prevención
RIESGOS DEL TRABAJO -
REGISTRO DE SOLICITUD DE EXCLUSION DE
EMPRESAS
Disposición (GP) 2/12. Del
26/12/2012. B.O.: 31/12/2012. Estructura del registro de
solicitud de exclusión de empresas incluidas en el Programa
para la Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales en PyMES.
Bs. As., 26/12/2012
VISTO, el Expediente Nº 40.803/12 del Registro de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), Leyes Nº
24.557, Nº 19.549, el Decreto Nº 1.759 de fecha 3 de abril
de 1972, las Resoluciones S.R.T. Nº 1 de fecha 4 de enero de
2005, Nº 1.579 de fecha 19 de julio de 2005, Nº 772 de fecha
29 de julio de 2009, la Disposición de la Gerencia de
Prevención y Control (G.P. y C.) Nº 2 de fecha 15 de agosto
de 2006, la Disposición de la Gerencia de Prevención (G.P.)
Nº 1 de fecha 26 de septiembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso a), apartado 2, del artículo 1° de la Ley Nº
24.557 establece como uno de sus objetivos fundamentales la
reducción de la siniestralidad a través de la prevención de
los riesgos derivados del trabajo. Así, el apartado 1 del
artículo 4° dispone que tanto las Aseguradoras de Riesgos
del Trabajo (A.R.T.), como los empleadores y sus
trabajadores están obligados a adoptar medidas tendientes a
prevenir eficazmente los riesgos del trabajo.
Que por su parte, el apartado 2 del artículo 4° citado
precedentemente establece que las A.R.T. deberán establecer
exclusivamente para cada una de las empresas o
establecimientos considerados críticos, de conformidad a lo
que determine la autoridad de aplicación, un plan de acción
que contemple el cumplimiento de las medidas allí
detalladas.
Que a tales efectos se dictó la Resolución de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 1 de
fecha 04 de enero de 2005 que determina la creación del
“Programa para la Prevención de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales en PyMES”, con el objetivo de
dirigir acciones específicas de prevención de los riesgos
del trabajo, tendientes a disminuir la siniestralidad
laboral y mejorar las condiciones de salud y seguridad en el
medio ambiente de trabajo.
Que la Gerencia de Prevención es la encargada de determinar
la inclusión de los empleadores al citado programa, ello
teniendo en cuenta los parámetros establecidos en los
artículos 2°, 3° y 4° de la mencionada Resolución S.R.T. Nº
01/05.
Que en este sentido, el artículo 18 de dicha norma establece
que “Toda la información que las Aseguradoras de Riesgos del
Trabajo deban remitir a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO por imperio de esta Resolución, deberá
instrumentarse mediante los sistemas de intercambio y pautas
de procesamiento de datos que oportunamente establecerá la
Gerencia de Prevención y Control de la SUPERINTENDENCIA DE
RIESGOS DEL TRABAJO (…)”.
Que a través de la Disposición de la Gerencia de Prevención
y Control (G.P. y C.) Nº 2 de fecha 15 de agosto de 2006, se
estipuló la estructura de datos para que las Aseguradoras de
Riesgos del Trabajo remitan a esta S.R.T. la información
requerida en la Resolución S.R.T. Nº 01/05 (con las
modificaciones introducidas por la Resolución S.R.T. Nº
1.579 de fecha 19 de julio de 2005).
Que la ejecución del programa origina cada año por parte de
las empresas alcanzadas y sus A.R.T. pedidos de exclusión,
por entender que no cumplen las condiciones para ser
incluidas.
Que la experiencia recabada en la tramitación de tales
exclusiones determina la necesidad de avanzar en una forma
más eficiente y eficaz de organización, a fin de mejorar el
logro de los objetivos.
Que en el contexto señalado, el Departamento de
Planificación y Administración consideró necesario, a los
efectos de facilitar la gestión de las obligaciones
determinadas por dicha resolución, implementar un sistema de
solicitud, evaluación y gestión de exclusiones vía digital.
Que atento lo expuesto, es menester derogar expresamente la
Disposición de la Gerencia de Prevención (G.P.) Nº 1 de
fecha 26 de septiembre de 2012 y dictar el acto
administrativo que aprueba la nueva estructura de datos para
la remisión de información vinculada con la exclusión de los
empleadores al “Programa para la Prevención de Accidentes de
Trabajo y Enfermedades Profesionales en PyMES”, en el marco
de la Resolución S.R.T. Nº 01/05.
Que la Gerencia de Sistemas prestó su conformidad con la
estructura de datos.
Que el Servicio Jurídico permanente de esta S.R.T. ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las
atribuciones conferidas en el artículo 36 de la Ley Nº
24.557 y en las Resoluciones S.R.T. Nº 772 de fecha 29 de
julio de 2009 y Nº 01/05.
Por ello,
EL GERENTE DE PREVENCION
DISPONE:
Artículo 1° — Establécese que las solicitudes realizadas por
las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo para la exclusión de
una empresa incorporada en la muestra vigente del “Programa
para la Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales en PyMES”, deberán efectuarse de conformidad
con la estructura de datos que se detalla en el Anexo que
forma parte integrante de la presente disposición.
Art. 2° — Las solicitudes de exclusión serán analizadas por
la Gerencia de Prevención quien determinará si procede o no
su otorgamiento.
Art. 3° — Derógase la Disposición de la Gerencia de
Prevención (G.P.) Nº 1 de fecha 26 de septiembre de 2012.
Art. 4° — La presente Disposición entrará en vigencia a
partir de los TREINTA (30) días corridos desde su
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.
ANEXO
ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE SOLICITUD DE EXCLUSION DE
EMPRESAS INCLUIDAS EN EL “PROGRAMA PARA LA PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
PYMES”
1. ESPECIFICACIONES PARA EL ENVIO DE ARCHIVOS
En cuanto a la forma y el procedimiento que deben cumplir
las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) para
remitir la información, se establece lo siguiente:
1.1. Envío de información
La información a ser remitida por las A.R.T., debe
declararse a través del archivo de datos, conforme a las
especificaciones de la estructura de datos establecidas para
el registro de solicitud de Exclusiones de Empresas PyMEs.
El archivo debe ser presentado a través de la Extranet de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) (http://www.arts.gob.ar)
por medio del procedimiento habitual de intercambio de
información de lunes a viernes en el horario informado en la
página.
1.2. Causales de rechazo de registros
• Ausencia de datos para los campos de presentación
obligatoria.
• Inconsistencias en la información presentada.
• Cualquier otro motivo que impida el procesamiento de los
datos.
• Si existieran, se especificarán para cada archivo las
causales de rechazo particulares que surjan en la
presentación de los registros.
• Los registros rechazados por no cumplir con las normas de
validación deberán ser corregidos y presentados nuevamente
dentro de los plazos establecidos. Los registros rechazados
no serán considerados como información presentada en
término.
1.3. Forma de completar los registros
• El archivo contendrá registros con la información
requerida los que serán de longitud fija. Los registros
deben finalizar con Carriage Return + Line Feed (CRLF).
• Los campos numéricos
- Deben estar alineados a la derecha.
- En los casos en que no existan valores para campos (de
presentación no obligatoria) se deben completar con
espacios.
• Los campos alfanuméricos
- Deben estar alineados a la izquierda.
- Todas las letras deben ser mayúsculas, las vocales con
tilde o diéresis deben ser sustituidas por la vocal sin
ella.
- En los casos en que no existan valores para campos (de
presentación no obligatoria) se deben completar con
espacios.
2. FORMA DE COMPLETAR EL REGISTRO DE EXCLUSION.
En cuanto a la forma y el procedimiento que deben cumplir
las A.R.T. para remitir la declaración de una solicitud de
exclusión de una Empresa de la muestra vigente, se
establece:
2.1. Descripción del archivo de solicitud de exclusión.
El
archivo se denominará ARTcartv.SXn, en donde: |
ART |
Valor constante “ART”. |
Cartv |
Código de ART incluido el dígito verificador. |
SX |
Constante “SX” que identifica el contenido del
archivo. |
N |
Número de archivo con valores de 1 a 9. |
N° |
Posiciones |
Tipo
Dato |
Campo |
Descripción del Formato |
Desde |
Hasta |
Long. |
1
(*) |
1 |
5 |
5 |
AN |
CODIGO DE ASEGURADORA |
Igual formato que el
presentado en Registro de contratos. |
Dato Obligatorio. |
2
(*) |
6 |
16 |
11 |
N |
CUIT
DE LA EMPRESA |
Sin guiones. |
Dato Obligatorio. |
3
(*) |
17 |
18 |
2 |
N |
CODIGO DEL MOTIVO DE SOLICITUD DE EXCLUSION |
Código de DOS (2) dígitos
conforme a la tabla vigente de Motivos de Solicitud
de Exclusión publicada en esta normativa y sus
modificaciones a ser notificadas por www.arts.gob.ar. |
Dato Obligatorio. |
4
(*) |
19 |
20 |
2 |
N |
INDICADOR PROGRAMA |
Campo fijo de uso interno
= 05 |
Correspondiente al Grupo
de Empresas PyMEs. |
Dato Obligatorio. |
5
(*) |
21 |
22 |
2 |
N |
INDICADOR MUESTRA |
Ingresar el número de la
muestra vigente. |
Dato Obligatorio. |
6 |
23 |
23 |
1 |
A |
TIPO
DE OPERACION |
A=Alta, |
B=Baja |
Dato Obligatorio. |
7 |
24 |
Hasta 3023 |
Hasta 3000 |
AN |
OBSERVACIONES |
Observaciones de la A.R.T.
sobre los motivos por los cuales solicita la
exclusión de la empresa. |
Dato a enviar solo cuando
corresponda. |
2.2. Motivos de solicitud de exclusión.
CODIGO |
DESCRIPCION DEL MOTIVO DE SOLICITUD DE EXCLUSION |
OBSERVACION |
01 |
Cese de actividad. |
La A.R.T. debe exigir el
formulario presentado en AFIP |
02 |
Sin personal / Cant. Trab.
menor a la exigida por el programa |
La A.R.T. debe exigir el
formulario presentado en AFIP |
03 |
Cambio de actividad |
Presentar comprobante de
nuevo contrato |
04 |
Revisión del Indice de
Siniestralidad por modificación de Registros por
parte de la ART |
Sujeto a auditoría S.R.T. |
05 |
Conclusión de obra
contratada. |
|
06 |
Quiebra |
Presentar comprobante del
dictamen judicial |
37 |
Cumplimiento de las
obligaciones asumidas y regularización normativa |
Cumplimiento de PAPE /
PRS / PAL. |
38 |
Empresa alcanzada por
otro programa |
|