Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo
POLITICA AMBIENTAL - CUENCA MATANZA RIACHUELO - ACUMAR -
REGLAMENTO DE
FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS -
- MODIFICACIONES
Resolución (ACUMAR) 37/16. Del 7/6/2016. B.O.: 14/6/2016.
Política Ambiental. Cuenca Matanza Riachuelo. Sustitución del
Anexo I y II de la Resolución (ACUMAR) 278/10 Reglamento de
Fiscalización y Control de Establecimientos de la Cuenca Matanza
Riachuelo.
Bs.
As., 07/06/2016
VISTO el Expediente N° ACR N° 0000468/2016, la Ley N° 26.168, la
Resolución ACUMAR N° 278/2010 y sus modificatorias, la
Resolución ACUMAR N° 24/2016, y
CONSIDERANDO:
Que
la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)
como ente de derecho público interjurisdiccional, con
competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de
Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La
Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos
Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la
Provincia de Buenos Aires.
Que
la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine
que la ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y
de operación.
Que
en uso de sus facultades la ACUMAR dictó la Resolución N°
278/2010, mediante la cual aprobó como ANEXO I el Reglamento de
Fiscalización y Control de Establecimientos de la Cuenca Matanza
Riachuelo y como ANEXO II el Reglamento para la Reconversión
Industrial de Establecimientos de la Cuenca Matanza Riachuelo.
Que
mediante la Resolución N° 24/2016, la ACUMAR aprobó el
Reglamento de Organización Interna introduciendo cambios a la
estructura del organismo, razón por la cual resulta pertinente
modificar los Reglamentos de Fiscalización y Control y Programas
de Reconversión Industrial de la ACUMAR, a fin de adecuarlos a
los cambios recientemente acaecidos, manteniendo de esta forma
la integridad y uniformidad del plexo normativo vigente.
Que
en tal sentido corresponde sustituir los textos de los ANEXOS I
y II de la Resolución N° 278/2010 mencionada.
Que
en ese sentido el CONSEJO DIRECTIVO aprobó la presente
resolución e instruyó a esta PRESIDENCIA a proceder a la
suscripción del acto administrativo que la sancione.
Que
ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
de la ACUMAR.
Que
la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la
Ley N° 26.168.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE
DE
LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
Artículo 1.
-
Sustitúyase el ANEXO I de la Resolución ACUMAR N° 278/2010
REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS DE LA
CUENCA MATANZA RIACHUELO por el que como ANEXO I forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2.
-
Sustitúyase el ANEXO II de la Resolución ACUMAR N° 278/2010
REGLAMENTO DE RCONVERSIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE LA CUENCA
MATANZA RIACHUELO por el que como ANEXO II forma parte
integrante de la presente.
Artículo 3.
-
Deróganse los ANEXOS I.a) DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE
FISCALIZACIÓN INDUSTRIAL y II.a) DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO
DE RECONVERSIÓN INDUSTRIAL, de la Resolución ACUMAR N° 278/2010
REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS DE LA
CUENCA MATANZA RIACHUELO.
Artículo 4.
-
La presente entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación en el Boletín Oficial de la Nación.
Artículo 5.
-
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXOS
(formato PDF)
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