Dirección Nacional de
Protección Vegetal
SANIDAD VEGETAL -
AREA LIBRE DE PLAGA MOSCA DE LOS FRUTOS -
DEPARTAMENTOS MENDOZA
Disposición (DNPV)
17/06. Del 4/12/2006. B.O.: 6/12/2006. Sanidad Vegetal. Declárase
Area Libre de la Plaga Mosca de los Frutos a los valles de los
Departamentos de San Rafael y General Alvear, de la provincia de
Mendoza, en el marco del Programa Nacional de Control y Erradicación
de Mosca de los Frutos.
Bs. As., 4/12/2006
VISTO el expediente Nº
EXP-S01:0003590/2006 y la Resolución Nº 515 del 16 de noviembre de
2001, ambos del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA y
CONSIDERANDO:
Que el Programa de
Control y Erradicación de Mosca de los Frutos de la Provincia de
Mendoza (PROCEM MENDOZA) presenta antecedentes técnicos de la
situación fitosanitaria de los Valles de los Departamentos de San
Rafael y General Alvear (Oasis Sur), de la citada provincia, en el
status de área libre de la plaga Mosca de los Frutos (Díptero,
Tephritidae) de importancia económica a nivel mundial.
Que los antecedentes de
referencia responden a la información requerida por la Norma
Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF Nº 26) de FAO
"Establecimiento de Area Libre de plagas para moscas de los frutos (tephritidae)"
y al Sub Estándar Regional en Protección Fitosanitaria (SUB-ERPF
3.2.1.) referente a los requisitos para el reconocimiento de Areas
Libres de Mosca de los Frutos, desarrollado y aprobado por el COMITÉ
DE SANIDAD VEGETAL DEL CONO SUR (COSAVE).
Que el Area Objetivo
presenta resultados negativos de Ceratitis capitata en los registros
de índices operacionales (trampeo y muestreo), desde la Semana Nº 37
de las campañas 2004/2005, y 2005/2006, manteniéndose tal situación
hasta la fecha.
Que dicha Area presenta
asimismo condiciones de aislamiento con respecto a otras áreas
productivas, producto de la discontinuidad en la disponibilidad de
hospederos potenciales para Mosca de los Frutos.
Que las condiciones
climáticas (bajas temperatura y corto período libre de heladas)
además de escasa cantidad de hospederos invernales (cítricos),
prácticamente circunscriptos a las áreas urbanas, dificulta el
pasaje invernal de la plaga.
Que en virtud de los
antecedentes de monitoreo (trampeo y muestreo) negativos para
Anastrepha fraterculus desde el año 1994, la Dirección Nacional de
Protección Vegetal del SENASA, declaró mediante Disposición Nº 5/
2005 a la provincia de Mendoza como Area Libre de esta plaga.
Que mediante la
Disposición DNPV Nº 15/ 2004 se declara como Area Libre de Mosca de
los Frutos de importancia económica al Valle de Uco (Oasis Centro)
de la provincia de Mendoza.
Que los otros Oasis
productivos de Mendoza (Norte-Este) poseen un status de Escasa
Prevalencia con relación a Ceratitis capitata de acuerdo a lo
establecido por la Disposición DNPV Nº 1/2002.
Que para el mes de marzo
de 2007, la provincia de Mendoza instalará puestos de control de
movimiento de artículos reglamentados en las rutas de acceso a los
Oasis Centro y Sur, a fin de disminuir el riesgo de introducción de
Ceratitis capitata en fruta originaria de las Areas de Escasa
Prevalencia.
Que las supervisiones
técnicas realizadas por la COORDINACION GENERAL DEL PROGRAMA
NACIONAL DE CONTROL Y ERRADICACION DE MOSCA DE LOS FRUTOS (PROCEM),
avalan la documentación presentada por la Coordinación del PROCEM -
Mendoza.
Que el reconocimiento del
Area Libre de la plaga, facilitará las gestiones a nivel
internacional lo que permitirá acceder a mercados con restricciones
cuarentenarias para esta plaga sin la aplicación de medidas
fitosanitarias.
Que la Dirección de
Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta
en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 3º de la
Resolución Nº 515 del 16 de noviembre de 2001 del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE
PROTECCION VEGETAL
DISPONE:
Artículo 1º — Declárase
como Area Libre de la Plaga Mosca de los Frutos de importancia
económica (Díptero, Tephritidae) a los valles de los Departamentos
de San Rafael y General Alvear, Oasis Sur, de la provincia de
MENDOZA, en el marco del Programa Nacional de Control y Erradicación
de Mosca de los Frutos (PROCEM).
Art. 2º — La COORDINACION
GENERAL del Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de
Los Frutos (PROCEM), continuará realizando el seguimiento del
Programa en el Area Objetivo y verificará el mantenimiento del
status de Area Libre.
Art. 3º — La presente
Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. |