Servicio Nacional de Sanidad
y Calidad Agroalimentaria
PRODUCCION AGROPECUARIA -
EQUIDOS PARA FAENA. REGLAMENTACION.
Resolución (SENASA)
236/10. Del 21/4/2010. B.O.: 23/4/2010. Marco Reglamentario Nacional
para la Provisión de Equidos para Faena, con alcance en todo el
Territorio Nacional. Modifícase la Resolución Nº 146/10.
Bs. As., 21/4/2010
VISTO el Expediente Nº
S01:0308003/2009 del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, la
Resolución Nº 146 del 16 de marzo de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº
146 del 16 de marzo de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, se crea el Marco Reglamentario Nacional para la
provisión de équidos para faena, con alcance en todo el Territorio
Nacional.
Que el sistema implementado
por las Resoluciones Nros. 617 del 12 de agosto de 2005 de a ex
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS y 1281 del 16 de
diciembre de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, daban cumplimiento a los requisitos exigidos por la
Unión Europea para la provisión de équidos para faena con destino a
dicho mercado.
Que por razones operativas
inherentes a la implementación de la Resolución SENASA Nº 146/2010
resulta necesario contar con un período de transición durante el cual
coexistan ambos sistemas.
Que en virtud de lo expuesto
resulta necesario que las disposiciones de los artículos 19 y 20 de la
Resolución SENASA Nº 146/2010 comiencen a regir a partir del 1º de julio
de 2010.
Que la Dirección de Asuntos
Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es
competente para dictar el presente acto en virtud de lo establecido en
el Artículo 7º de la Resolución Nº 617 del 12 de agosto de 2005 de la ex
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS y las
prescripciones establecidas en el Artículo 8º, inciso f) del Decreto Nº
1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 237 del
26 de marzo de 2009.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Se sustituye el
Artículo 19 de la Resolución Nº 146 del 16 de marzo de 2010 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por el siguiente:
"ARTICULO 19.- Derogación. Se deroga el Capítulo 23, Anexo II y los
Formularios C227 (Declaración Jurada Movilización Local de Equidos) y
C225 (Declaración Jurada Remisión de Equidos a Faena) del Anexo III de
la Resolución Nº 617 del 12 de agosto de 2005 de la ex SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, a partir del 1º de julio de
2010.".
Art. 2º — Se sustituye el
Artículo 20 de la Resolución Nº 146 del 16 de marzo de 2010 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por el siguiente:
"ARTICULO 20.- Abrogación. Se abroga la Resolución Nº 1281 del 16 de
diciembre de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, a partir del 1º de julio de 2010.".
Art. 3º — La presente
resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º — De forma. |