Instituto Nacional de
Vitivinicultura
ALCOHOLES - METANOL -
USO DE DENSIMETROS DIGITALES PORTATILES
Resolución (INV) C.50/12.
Del 6/11/2012. B.O.: 13/11/2012. Incorpórase a los controles que realiza
el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, sobre el alcohol etílico y
metanol en destilerías, fábricas, fraccionadores y/o comerciantes,
manipuladores y controles de ruta, el uso de densímetros digitales
portátiles.
Mendoza, 6/11/2012
VISTO el Expediente Nº S93:0001525/2011, la Ley Nº 24.566, las
Resoluciones Nros. C.003 de fecha 24 de enero de 1997 y C.38 de fecha 22
de octubre de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 24.566 se establece el Régimen de Control de Producción,
Circulación, Fraccionamiento y Comercialización de los alcoholes
etílicos y metanol.
Que la mencionada norma establece también que el INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA (INV) será la Autoridad de Aplicación de la misma y
dictará las normas reglamentarias necesarias para la prosecución de sus
fines.
Que esta ley instituye en su Artículo 21, que los funcionarios a cuyo
cargo esté el cumplimiento de la misma, estarán facultados entre otras
tareas, la de realizar inventarios.
Que la Resolución Nº C.003 de fecha 24 de enero de 1997 aprueba el
régimen de mermas o tolerancias por inventarios para alcoholes etílicos
y metanol.
Que la Resolución Nº C.38 de fecha 22 de octubre de 1997, en sus
considerandos fija que el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
procederá a practicar inventarios de existencias reales de alcohol
etílico y metanol en destilerías, fábricas, fraccionadores y/o
comerciantes y manipuladores.
Que para ello resulta necesario, contar con elementos indispensables
destinados a determinar con la mayor exactitud posible, el contenido de
grados absolutos en el alcohol etílico y la densidad en el metanol.
Que los densímetros digitales portátiles miden in situ la densidad y la
concentración de las muestras de alcoholes y se destacan por su
facilidad de manejo, con una completa adaptación a cualquier lugar,
gracias a su diseño resistente y ligero.
Que, asimismo, dichos instrumentos miden la densidad, la gravedad
específica y otros valores relacionados, ejemplo de ello es el
porcentaje de alcohol o grados BRIX y API, con una gran precisión y en
un tiempo muy breve.
Que por lo tanto, procede introducir estos nuevos instrumentos de
medición en los distintos controles que realiza este Instituto.
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV, ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Leyes Nros.
14.878, 24.566 y el Decreto Nº 1.306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1° — Incorpórase a los controles que realiza el INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA, sobre el alcohol etílico y metanol en destilerías,
fábricas, fraccionadores y/o comerciantes, manipuladores y controles de
ruta, el uso de densímetros digitales portátiles.
2° — Los densímetros mencionados estarán previamente certificados por el
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) dependiente del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese.