Instituto Nacional de Vitivinicultura
VITIVINICULTURA - VINOS - CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN
DIGITAL
Resolución (INV) 43/24. Del 17/9/2024. B.O.: 18/9/2024. Vitivinicultura.
Establece como constancia de inscripción ante el INV de quienes estén bajo
el régimen de la Ley General de Vinos Nº 14.878, el “CERTIFICADO DE
INSCRIPCIÓN DIGITAL”.
Mendoza, Mendoza, 17/09/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-97817523-APN-DD#INV del INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos Nº 14.878, las Resoluciones Nros.
C.18 de fecha 15 de mayo de 2009 y RESOL-2024-11-APN-INV#MEC de fecha 15 de
mayo de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto, se propicia como constancia
de inscripción ante el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) de
quienes estén comprendidos bajo la Ley General de Vinos Nº 14.878, el
“CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DIGITAL” en reemplazo del Certificado de
Inscripción que otorga este Organismo.
Que mediante la Resolución Nº C.18 de fecha 15 de mayo de 2009, el INV
aprobó las definiciones y exigencias mínimas que deben reunir los
establecimientos para ejercer la actividad vitivinícola.
Que como constancia de registro ante este Instituto se entrega un
Certificado de Inscripción en soporte papel que acredita habilitación para
ejercer la actividad denunciada.
Que en tal sentido el INV homologó a través de la Resolución Nº
RESOL-2024-11-APN-INV#MEC de fecha 15 de mayo de 2024, un sistema
informático denominado “Módulo Documentación Inscriptos” para la obtención
del Certificado de Inscripción Digital, conforme a las normas de seguridad y
de sistemas de autenticación dispuesto por el Decreto Nº 1.265 de fecha 15
de diciembre de 2016, sin costo para el inscripto.
Que la referida propuesta mejora la calidad de atención de este Instituto
hacia sus inscriptos, simplificando procesos internos y utilizando sistemas
informáticos para disminuir cargas sobre la obtención del comprobante de
inscripción, en concordancia con el Plan de Modernización del Estado.
Que para tal efecto se cree conveniente que los inscriptos vitivinícolas en
general, obtengan la constancia de inscripción a través de medios digitales
sin necesidad de tener que concurrir a las dependencias del INV para retirar
dicho certificado.
Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos de este Organismo, ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por las Leyes Nros. 14.878, 25.163 y el Decreto Nº DECTO-2024-66-APN-PTE.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese como constancia de inscripción ante el INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) de quienes estén bajo el régimen de la Ley
General de Vinos Nº 14.878, el “CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DIGITAL”, cuyo
modelo se acompaña como Anexo Nº IF-2024-97946262-APN-DNF#INV que forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- El “CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DIGITAL” será único e
intransferible, personalizado e identificado con el número de inscripción
del Establecimiento ante el INV. Asimismo contará con un código de respuesta
rápida (QR) que permitirá conocer los datos del titular, domicilio,
actividad y situación actual del inscripto.
ARTÍCULO 3º.- Este certificado de identificación será suministrado por el
INV al titular del establecimiento, persona autorizada o apoderado legal
debidamente acreditado. Asimismo podrá ser generado por el responsable a
través del sitio web https://servicios.inv.gob.ar, cuyas instrucciones para
su obtención se encuentran en la página oficial de este Organismo.
ARTÍCULO 4º.- Los certificados existentes no pierden validez, no obstante,
al gestionarse tramitaciones de inscripciones, transferencias o al ser
solicitada su reposición por el interesado, serán reemplazados por el
“CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DIGITAL”.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese.
ANEXO (formato PDF) -
Certificado de Inscripción del Establecimiento |