Poder Ejecutivo Nacional
ESTUPEFACIENTES -
ACTUALIZACION LISTA DE ESTUPEFACIENTES Y DEMAS SUSTANCIAS
QUIMICAS DECRETO 722/1991
Decreto (PEN) 299/10. Del
2/3/2010. B.O.: 4/3/2010. Actualización de la lista de estupefacientes y
demás sustancias químicas que deberán ser incluidas en los alcances de la
Ley Nº 23.737.
Bs. As., 2/3/2010
VISTO el Expediente Nº
010-2946/05 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, la Ley Nº 23.737,
el Decreto Nº 722 de fecha 18 de abril de 1991 y la Resolución SE.DRO.NAR.
Nº 1463 de fecha 16 de diciembre de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que la POLICIA FEDERAL ARGENTINA
a través de la DIVISION INVESTIGACION Y DESARROLLO PERICIAL, pone en
evidencia la necesidad de incorporar la sustancia KETAMINA, que se encuentra
en el mercado ilícito de nuestro país, dentro de los productos incluidos en
el Anexo I del Decreto Nº 722/91.
Que la DIVISION LABORATORIO
QUIMICO de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA documenta, con bibliografía, sobre
los usos indebidos de la sustancia KETAMINA, dicha información es avalada
por la SUPERINTENDENCIA DE INVESTIGACIONES FEDERALES, la SUBJEFATURA y la
JEFATURA de la mencionada Institución.
Que en el informe elaborado por
el DEPARTAMENTO DE PSICOTROPICOS Y ESTUPEFACIENTES de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA del MINISTERIO DE
SALUD, se menciona la necesidad de incorporar la sustancia KETAMINA y otras
sustancias consideradas estupefacientes por los convenios y convenciones
internacionales, que actualmente no se encuentran incluidas en el Decreto Nº
722/91.
Que, por lo expuesto, se
manifiesta la necesidad de la modificación del Decreto Nº 722/91, mediante
el cual se detallan los estupefacientes que serán considerados como tales en
los términos de la Ley Nº 23.737.
Que por Resolución SE.DRO.NAR. Nº
1463/05 se creó la COMISION TECNICA PERMANENTE, la cual estudió el problema
planteado y los antecedentes reunidos de cada una de las sustancias químicas
propuestas, elaborando un informe sobre el tema y el listado actualizado de
las sustancias que deberían ser incluidas en los alcances de la Ley Nº
23.737.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA
DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA
NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta
en virtud de las atribuciones establecidas por el Artículo 77 del Código
Penal.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION
ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese el
Anexo I del Decreto Nº 722/91, por el Anexo
I del presente Decreto.
Art. 2º — De forma.
ANEXO I
(anexo sustituido por
decreto 852/18 PEN.)
|