Poder Ejecutivo Nacional
ESTUPEFACIENTES -
DEPENDENCIA FISICA O PSQUICA - LISTA DE MEDICAMENTOS
Decreto (PEN) 722/91. Del
18/4/1991. B.O.: 23/4//1991. Actualízanse las Listas de Estupefacientes,
Psicotrópicos y demás substancias susceptibles de producir dependencia
física o psíquica, a los efectos establecidos en el último párrafo del
artículo 77 del Código Penal.
Bs.As., 18/4/91;
VISTO lo establecido en el último
párrafo del artículo 77 del Código Penal, modificado por el artículo 40 de
la Ley Nº 23.737, y
CONSIDERANDO:
Que periódicamente deben
actualizarse las Listas de Estupefacientes, Psicotrópicos y demás sustancias
susceptibles de producir dependencia física o psíquica con el objeto de
determinar cuáles son los productos que se encuentran comprendidos en las
citadas nóminas.
Que, en consecuencia, corresponde
incluirse en dichas listas las drogas consignadas por su máxima peligrosidad
en los Listados producidos por la Junta Internacional de Fiscalización de
Estupefacientes (JIFE) de la Organización de las Naciones Unidas,
actualizados en su 11 período extraordinario de sesiones, celebrado en
febrero de 1990.
Que la presente medida se dicta
en uso de las atribuciones emergentes del artículo 77 del Código Penal.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION
ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º – Considéranse
"estupefacientes", a los efectos establecidos en el último párrafo del
artículo 77 del Código Penal, a los productos incluidos en la lista que como
Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º – De forma.
ANEXO I
(Anexo sustituido por
decreto 852/18 PEN.)
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