Superintendencia de Riesgos del Trabajo
Subgerencia de Sistemas
RIEGOS DEL TRABAJO –
POLIZA DIGITAL – PROCEDIMIENTOS
PARA ADMINISTRARALTAS, BAJAS Y MODIFICACIONES DE COMERCIALIZADPORES
AUTORIZADOS
Disposición (SRT) 1/18. Del 24/7/2018. B.O.: 25/7/2018.
Riesgos del Trabajo. Póliza Digital. APRUÉBASE EL “Procedimiento para
administrar altas, bajas y modificaciones de comercializadores autorizados.
Vigencia a partir del 1/8/2018.
Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2018
VISTO el Expediente EX-2018-32261343-APN-SS#SRT, las Leyes
N° 24.557, N° 26.773, N° 26.844, N° 27.348, los Decretos N° 334 de fecha 01
de abril de 1996, N° 467 de fecha 01 de abril de 2014, las Resoluciones de
esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 237 de fecha 16 de
diciembre de 1996, N° 635 de fecha 23 de junio de 2008, N° 365 de fecha 16
de abril de 2009, 01 de fecha 05 de enero de 2016, N° 613 de fecha 01 de
noviembre 2016, Nº 38 de fecha 9 de mayo de 2018, N° 46 de fecha 31 de mayo
de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley
N° 24.557 de Riesgos del Trabajo, corresponde a esta SUPERINTENDENCIA DE
RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) regular y supervisar el sistema instaurado en
dicha ley.
Que el artículo 27 de la Ley de Riesgos del Trabajo dispuso
que los empleadores no incluidos en el régimen de autoseguro deberán
afiliarse obligatoriamente a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.)
que libremente elijan, y declarar las altas y bajas que se produzcan en su
plantel de trabajadores.
Que el apartado 3 del artículo citado en el considerando
precedente, estableció como facultad de esta S.R.T. la determinación de la
forma, contenido y plazo de vigencia de los contratos de afiliación.
Que a efectos de optimizar el funcionamiento integral del
Sistema de Riesgos del Trabajo, esta S.R.T. dictó la Resolución S.R.T. N° 46
de fecha 31 de mayo de 2018, por medio de la cual se creó el servicio
“PÓLIZA DIGITAL DE RIESGOS DEL TRABAJO”.
Que mediante el ANEXO I IF-2018-25919115-APN-GCP#SRT y el
ANEXO II IF-2018-25921709-APN-GCP#SRT de la citada resolución, se aprobó la
Solicitud de Póliza Digital (SPD) y el Formulario del Certificado de No
Objeción (CNO), los que forman parte del servicio “PÓLIZA DIGITAL DE RIESGOS
DEL TRABAJO”.
Que a través del artículo 48 de la mencionada resolución se
facultó a esta Subgerencia de Sistemas, dependiente de la Gerencia Técnica,
a reglamentar los aspectos técnicos del servicio “PÓLIZA DIGITAL DE RIESGOS
DEL TRABAJO”.
Que en ese entendimiento, resulta procedente y oportuno
impulsar la presente medida tendiente a la implementación técnica de la
resolución de Póliza Digital.
Que en consecuencia, a los efectos de dar cumplimiento a la
normativa antes transcripta, corresponde definir el “Procedimiento para
administrar Altas, Bajas y Modificaciones de Comercializadores Autorizados
(CA) ” que obra como ANEXO I IF-2018-33772645-APN-SS#SRT, el “Procedimiento
para que las A.R.T. remitan la Solicitud de Póliza Digital (SPD) ” que obra
como ANEXO II IF-2018-33773014-APN-SS#SRT, el “Procedimiento para que las
A.R.T. remitan el Certificado de No Objeción (CNO) ” que obra como ANEXO III
IF-2018-33773286-APN-SS#SRT, como así también, el “Procedimiento para que
las Aseguradoras remitan información referida a la Póliza Digital (PD) ” que
obra como ANEXO IV IF-2018-33774215-APN-SS#SRT.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado
la intervención que le corresponde.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas
por la Resolución S.R.T. Nº 01 de fecha 05 de enero de 2016 y el artículo 48
de la Resolución S.R.T. N° 46/18.
Por ello,
EL SUBGERENTE DE SISTEMAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Procedimiento para administrar
Altas, bajas y Modificaciones de Comercializadores Autorizados (CA)”, que
como ANEXO I IF-2018-33772645-APN-SS#SRT forma parte integrante de la
presente disposición, el cual entrará en vigencia el día 01 de agosto de
2018.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “Procedimiento para que las A.R.T.
remitan la Solicitud de Póliza Digital (PD)”, que como ANEXO II IF-2018-33773014-APN-SS#SRT
forma parte integrante de la presente disposición, el cual entrará en
vigencia el día 16 de agosto de 2018.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el “Procedimiento para que las A.R.T.
remitan el Certificado de No Objeción (CNO)”, que como ANEXO III IF-2018-33773286-APN-SS#SRT
forma parte integrante de la presente disposición, el cual entrará en
vigencia el día 01 de septiembre de 2018.
ARTÍCULO 4°.- Apruébase el “Procedimiento para que las A.R.T.
remitan información referida a Póliza Digital (PD)”, que como ANEXO IV IF-2018-33774215-APN-SS#SRT
forma parte integrante de la presente disposición, el cual entrará en
vigencia el día 16 de agosto de 2018.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
ANEXO
I (formato PDF)
ANEXO II
(formato PDF)
ANEXO III
(formato PDF)
ANEXO IV
(formato PDF) |