Ecofield - Riesgos del Trabajo - Resolución (SRT) 30/23.

 

Argentina, Riesgos del Trabajo

- modifica y/o complementa a: ley 19587, decreto 351/79 PEN, ley 24557, decreto 911/96 PEN, resolución 295/03 MTEySS, decreto reglamentario 249/07 PEN.

- modificada y/o complementada por: resolución 7/24 SRT.

Superintendencia de Riesgos del Trabajo

RIESGOS DEL TRABAJO - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOBRE CARGA TÉRMICA – ESTRÉS POR CALOR - APRUÉBANSE

Resolución (SRT) 30/23. Del 26/7/2023. B.O.: 28/7/2023. Riesgos del Trabajo. Aprueba  las “Especificaciones Técnicas sobre Carga Térmica - Estrés por Calor”, las que serán de aplicación a toda tarea que se realice en los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades.

Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2023

VISTO Y CONSIDERANDO…

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOBRE CARGA TÉRMICA – ESTRÉS POR CALOR” que como Anexo IF-2023-82368389-APN-GP#SRT forma parte integrante de la presente resolución, las que serán de aplicación a toda tarea que se realice en los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el apartado “ESTRÉS TÉRMICO Y TENSIÓN TÉRMICA” del Anexo II “ESTRÉS TÉRMICO (Carga térmica)” del Decreto N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979 – Texto sustituido por el artículo 3° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 295 de fecha 10 de noviembre de 2003- por las “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOBRE CARGA TÉRMICA – ESTRÉS POR CALOR” aprobadas por el artículo 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Déjase sin efecto las disposiciones contenidas en el artículo 137, Capítulo 7, del Anexo del Decreto Reglamentario N° 911 de fecha 5 de agosto de 1996.

ARTÍCULO 4°.- Déjase sin efecto las disposiciones contenidas en el apartado CARGA TÉRMICA del artículo 54, Capítulo 4, Título III, del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007.

ARTÍCULO 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos contados desde su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

ANEXO (formato PDF) - Especificaciones Técnicas sobre Carga Térmica - Estrés por Calor

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