Ministerio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
HIGIENE
Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO - DECRETO 351/79. SU
MODIFICACIÓN
Resolución
(MTESS) 295/03. Del 10/11/2003. B.O.: 21/11/2003. Aprobación
de especificaciones técnicas sobre ergonomía y levantamiento manual de
cargas, y sobre radiaciones. Se deja sin efecto la R(MTySS) 444/1991.
VISTO:
El
expediente 1430/2002 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO (SRT), las leyes 19587 y 24557, los decretos 351 de fecha 5 de
febrero de 1979, 911 de fecha 5 de agosto de 1996, 617 de fecha 7 de julio
de 1997, la resolución MTSS 444 de fecha 21 de mayo de 1991, y
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 5 de la ley 19587 de higiene y seguridad en el trabajo,
estipula que a los fines de la aplicación de dicha norma se deben
considerar como básicos los siguientes principios y métodos de ejecución:
inciso h) estudio y adopción de medidas para proteger la salud y la vida
del trabajador en el ámbito de sus ocupaciones, especialmente en lo
que atañe a los servicios prestados en tareas riesgosas e inciso l)
adopción y aplicación, por intermedio de la autoridad competente, de los
medios científicos y técnicos adecuados y actualizados que hagan a los
objetivos de dicha ley.
Que
en ese contexto, el artículo 6 de la aludida ley 19587 indica las
consideraciones sobre las condiciones de higiene ambiental de los lugares
de trabajo.
Que
asimismo, el artículo 2 del decreto 351/1979 -reglamentario de la ley
19587- faculta al entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
-MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL- a modificar valores,
condicionamientos y requisitos establecidos en la reglamentación y en los
anexos del citado decreto.
Que
por otra parte, el artículo 5 del Anexo I del decreto 351/1979 expresa
que las recomendaciones técnicas sobre higiene y seguridad en el trabajo
dictadas o a dictarse por organismos estatales o privados, nacionales o
extranjeros, pasarán a formar parte del Reglamento una vez aprobadas por
esta Cartera de Estado.
Que
complementariamente, el artículo 6 del Anexo I del aludido decreto
351/1979 establece que las normas técnicas dictadas o a dictarse por la
entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO, integran
la mencionada reglamentación.
Que
corresponde destacar, en tal sentido, que los incisos 1) y 3) del artículo
61 Anexo I del citado decreto indican que la autoridad competente revisará
y actualizará las Tablas de Concentraciones Máximas Permisibles y que
las técnicas y equipos utilizados deberán ser aquellos que aconsejen los
últimos adelantos en la materia.
Que
ese sentido, este Ministerio dictó oportunamente la resolución MTSS
444/1991 que modificó el ANEXO III del decreto 351/1979.
Que
con el objeto de lograr medidas específicas de prevención de accidentes
de trabajo, en las normas reglamentarias premencionadas se estipula el
objetivo de mantener permanentemente actualizadas las exigencias y
especificaciones técnicas que reducen los riesgos de agresión al factor
humano, estableciendo, en consecuencia, ambientes con menores
posibilidades de contaminación, acordes con los cambios en la tecnología
y modalidad de trabajo, el avance científico y las recomendaciones en
materia de salud ocupacional.
Que
ante la necesidad imprescindible de contar con normas reglamentarias dinámicas
que permitan y faciliten un gradual impulso renovador al mejoramiento de
las condiciones y medio ambiente del trabajo, incorporando a la prevención
como eje central del tratamiento de los riesgos laborales, y en razón al
tiempo transcurrido desde la vigencia de la normativa analizada, resulta
procedente su actualización.
Que
asimismo, y habida cuenta de los avances y necesidades que se han
verificado hasta el presente, resulta adecuado incorporar a la normativa
vigente específicos lineamientos sobre ergonomía y levantamiento manual
de cargas, como así también sobre radiaciones.
Que
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha intervenido en el área de su
competencia.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades concedidas en virtud
de lo normado por el decreto 351/1979.
Por
ello,
EL
MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Art.
1
- Aprobar especificaciones técnicas sobre ergonomía y levantamiento
manual de cargas, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente
resolución.
Art.
2 -
Aprobar especificaciones técnicas sobre radiaciones, que como ANEXO II
forma parte integrante de la presente resolución.
Art.
3
- (sustituido por resolución
30/23 SRT)
Art.
4
- Sustituir el ANEXO III del decreto
351/1979, modificado por la resolución
MTSS 444/1991, por los valores contenidos en el ANEXO IV
que forma parte
integrante de la presente.
Art.
5
- Sustituir el ANEXO V del decreto 351/1979 por las especificaciones
contenidas en el ANEXO V que forma parte integrante de la presente.
Art.
6
- Dejar sin efecto la resolución MTSS 444/1991.
Art.
7
- De forma.
ANEXOS
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