Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Y/O ESPECIALES -
EFLUENTES – DECLARACION JURADA
ANUAL 2019 - PRORROGA
Resolución (MAyDS) 131/20. Del 22/4/2020. B.O.:
24/4/2020. Establecimientos Industriales. Efluentes. Prorrógase hasta el
día 31 de julio del 2020, la presentación de la Declaración Jurada
Anual, establecida por el artículo 10 del Decreto N° 674/89,
correspondiente al año 2019, conforme a los motivos expuestos en los
considerandos de la presente medida.
Ciudad de Buenos Aires, 22/04/2020
VISTO el Expediente EX-2020-24323111-APN-DRI#MAD del
Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la Ley de
Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto reglamentario
N° 1.759/72 – T.O. 2017 de fecha 3 de abril de 1972; la Ley N° 13.577,
modificada por la Ley N° 20.324, los Decretos N° 674 de fecha 24 de mayo
de 1989 y N° 776 de fecha 12 de mayo de 1972, el Decreto N° 260 de fecha
12 de marzo de 2020, el Decreto N° 298 de fecha 19 de marzo de 2020 y
sus respectivas prórrogas, Decretos Nros. 327 de fecha 31 de marzo de
2020 y 372 de fecha 14 de abril de 2020, la Resolución de la Ex EMPRESA
OBRAS SANITARIAS DE LA NACION N° 79.179 de fecha 1 de agosto de 1990, la
Resolución de la Ex SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del
MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE N° 316 de fecha 3 de marzo de 2005 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de
mayo de 1989, indica que los establecimientos industriales y/o
especiales, están obligados a presentar una declaración jurada anual
conteniendo los datos especificados en las disposiciones instrumentales
de aplicación del Decreto citado.
Que tanto mediante la Resolución de la Ex EMPRESA OBRAS
SANITARIAS DE LA NACION N° 79.179 de fecha 1° de agosto de 1990, como
por la Resolución de la Ex SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE N° 316 de fecha 23 de
marzo de 2005, se estableció que dicha Declaración Jurada Anual debe ser
presentada del 1° al 30 de abril de cada año, conteniendo la información
correspondiente al año anterior.
Que mediante el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, se
amplió la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por la
Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización
Mundial de la Salud (OMS), en relación con el coronavirus COVID-19,
durante el plazo de UN (1) año, a partir de la entrada en vigencia del
citado Decreto.
Que en ese marco, se han establecido una serie de
medidas tendientes a garantizar el aislamiento de los grupos de riesgo y
de los casos sospechosos, promoviendo en otros supuestos el trabajo
remoto y la reducción de los servicios de transporte público con el fin
de mitigar la propagación de la referida pandemia.
Que en ese sentido y con el fin de resguardar la tutela
de los derechos y garantías de los administrados, el Decreto N° 298/20 y
su modificatorio y complementario, establece que deviene imperioso
suspender los plazos dentro de los procedimientos administrativos,
Decreto N° 1.759/72 T.O. Decreto N° 894/17 y demás procedimientos
especiales.
Que en virtud de la suspensión de los plazos
administrativos establecidos por Decreto N° 298/20 y su modificatorio y
complementario, deviene necesario establecer una prórroga de la
presentación de la Declaración Jurada Anual, que permita su entrega
acabada a través de la página web de este Ministerio:
www.argentina.gob.ar/ambiente.
Que en el marco de las presentes actuaciones, han tomado
la intervención de su competencia, la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y
RECOMPOSICIÓN y la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL,
respectivamente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en función de las
facultades otorgadas por la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto
N° 438/92 y sus modificatorios), el Decreto N° 674/89 y su
modificatorio, el Decreto N° 7/19 y el Decreto N° 20/19.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el día 31 de julio del
2020, la presentación de la Declaración Jurada Anual, establecida por el
artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989,
correspondiente al año 2019, conforme a los motivos expuestos en los
considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése
a la UNIDAD GABINETE DE ASESORES, envíese a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. |