ECOFIELD - Tránsito / Transporte - Disposición (ANSV) 264/23

 

Argentina, Tránsito y Seguridad Vial

- modifica y/o complementa a: ley 24449, ley 26363, disposición 82/12 ANSV, disposición 473/22 ANSV.

- modificada y/o complementada por:

Agencia Nacional de Seguridad Vial

TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL - MOTOCICLETAS - LICENCIA DE CONDUCIR - MODULOS ANSV

Disposición (ANSV) 264/23. Del 20/3/2023. B.O.: 23/3/2023. Tránsito y Seguridad Vial. Modifica la cantidad de Módulos ANSV conforme a lo establecido en el Régimen de Modulación de Trámites para la tramitación y registración del Formulario Digital de Solicitud de Registro de Declaración Jurada de Cumplimiento Art. 68 Ley 24.449. Requisito de Circulación Seguro Obligatorio Anual para Motocicletas.

Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2023

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE

ARTÍCULO 1° — Modifíquese la cantidad de Módulos ANSV conforme a lo establecido en la Disposición ANSV Nº 82/12 y sus respectivas actualizaciones- Régimen de Modulación de Trámites en la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, para la tramitación y registración del FORMULARIO DIGITAL DE SOLICITUD DE REGISTRO DE DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 68 LEY 24.449 REQUISITO DE CIRCULACIÓN SEGURO OBLIGATORIO ANUAL PARA MOTOCICLETAS 0 KM, asignados por el por el artículo 2º de la DISPOSICIÓN DI-2022-473-APN-ANSV-#MTR a doscientos (200) MÓDULOS.

ARTÍCULO 2°. — Déjese establecido que la presente Disposición comenzará a regir a partir del día 1º de abril de 2023.

ARTÍCULO 3°. — Regístrese, comuníquese a CRUZ ROJA ARGENTINA en su carácter de ENTE COOPERADOR, a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y a la DIRECCIÓN NACIONAL A CARGO DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y CRÉDITOS PRENDARIOS, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-o-

arriba