ECOFIELD - Tránsito / Transporte - Resolución (SGT) 40/21.

 

Argentina, Tránsito y Seguridad Vial

- modifica y/o complementa a: ley 24449, ley 27541, decreto DNU 260/20 PEN, decreto DNU 297/20 PEN.

- modificada y/o complementada por:

Secretaría de Gestión de Transporte

TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL - AUTOTRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS

Resolución (SGT) 40/21. Del 29/12/2021. B.O.: 30/12/2021. Transporte Automotor. Establécese que los vehículos de Autotransporte de Pasajeros de Carácter Interurbano de Jurisdicción Nacional e Internacional, modelo año 2011, afectados a los servicios públicos, de tráfico libre, ejecutivos y para el turismo, podrán continuar prestando los mismos por el plazo de TRES (3) años contados desde el vencimiento de la antigüedad requerida por el artículo 53 de la Ley N° 24.449. Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.).

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2021

Por ello,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que los vehículos de Autotransporte de Pasajeros de Carácter Interurbano de Jurisdicción Nacional e Internacional, modelo año 2011, afectados a los servicios públicos, de tráfico libre, ejecutivos y para el turismo, podrán continuar prestando los mismos por el plazo de TRES (3) años contados desde el vencimiento de la antigüedad requerida por el artículo 53 de la Ley N° 24.449.

ARTÍCULO 2°.- Los vehículos alcanzados por lo dispuesto en el artículo 1° de la presente resolución, deberán efectuar la Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.) en forma cuatrimestral.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a las ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS, a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DEL TRANSPORTE, a la GENDARMERÍA NACIONAL y al MINISTERIO DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

-o-

arriba