Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible
RESIDUOS ESPECIALES - DECLARACION JURADA - MODIFICACIONES
Resolución (OPDS) 157/12. Del 17/7/2012. B.O.: 25/7/2012.
Modificar el artículo 2° de la Resolución de la ex Secretaría de
Política Ambiental Nº 593/00. Establece como fecha de vencimiento para
la presentación de la declaración jurada prevista en el artículo 8° del
Decreto Nº 806/97, modificado por Decreto Nº 650/11, el último día hábil
del mes de febrero de cada año.
La Plata, 17 de julio de 2012.
Visto el expediente Nº 2145-23512/12, lo regulado por las
Leyes Provinciales Nº 11.720, Nº 13.757, los Decretos Nº 806/97 y su
modificatorio Nº 650/11, Nº 23/07, las Resoluciones de la ex Secretaría
de Política Ambiental Nº 593/00, Nº 797/00, Nº 1408/00, la Resolución de
este Organismo Provincial Nº 132/10, y
CONSIDERANDO:
Que este Organismo Provincial para el Desarrollo
Sostenible, sucesor institucional de la ex Secretaría de Política
Ambiental, ejerce la Autoridad de Aplicación en materia ambiental en la
provincia de Buenos Aires;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 8°
del Decreto Nº 806/97, modificado por su igual Nº 650/11, reglamentario
de la Ley Provincial Nº 11.720, a efectos de obtener el Certificado de
Habilitación Especial se debe presentar una declaración jurada;
Que mediante Resolución de la ex Secretaría de Política
Ambiental Nº 593/00 se aprobaron los formularios correspondientes a la
nota de solicitud de renovación del certificado de habilitación
especial, resumen de operaciones y registro de operaciones de residuos
especiales;
Que la antes citada Resolución establece como fecha
límite para la presentación de la declaración jurada establecida en el
artículo 8° del Decreto Nº 806/97 el día 31 de julio de cada año;
Que por Resolución de la ex Secretaría de Política
Ambiental Nº 797/00 se estableció el formato de los formularios
denominados Anexos A, B, C, D, E, y F y, por su igual Nº 1408/00, se
creó el formulario identificado como Anexo E1, ello a efectos de la
presentación, ante esta Autoridad Ambiental, de las declaraciones
juradas exigidas por la normativa vigente;
Que por Resolución de este Organismo Provincial Nº 132/10
se ha establecido que los formularios creados y aprobados por las
Resoluciones de la ex Secretaría de Política Ambiental Nº 593/00, Nº
797/00 y Nº 1408/00 y sus modificatorias, deben ser generados en el
sitio web de esta Entidad Autárquica;
Que teniendo en cuenta los avances tecnológicos y la
mayor celeridad y eficacia en las actuaciones administrativas que trajo
aparejada la informatización de la declaración jurada, resulta
pertinente modificar el plazo para presentar la misma;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de
Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 13.757;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL
PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Modificar el artículo 2° de la Resolución de
la ex Secretaría de Política Ambiental Nº 593/00 el que quedará
redactado de la siguiente manera: Establecer como fecha de vencimiento
para la presentación de la declaración jurada prevista en el artículo 8°
del Decreto Nº 806/97, modificado por Decreto Nº 650/11, el último día
hábil del mes de febrero de cada año.
ARTÍCULO 2º. Determinar que la fecha límite establecida
en el artículo 1º de la presente regirá para las declaraciones juradas a
presentarse en el año 2013, correspondientes a los períodos de
generación / operación año 2012, y siguientes.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al
Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |