Organismo Provincial para el
Desarrollo Sostenible
RESIDUOS ESPECIALES -
PRORROGA VENCIMIENTO AÑO 2015
Resolución (OPDS) 20/15. Del
26/2/2015. Residuos Especiales. Prórroga de Vencimiento de Residuos
Especiales 2015.
LA PLATA, 26 de Febrero de 2015
VISTO lo regulado por las Leyes N° 11.720
y Nº 13.757, los Decretos Nº 806/97 y su modificatorio N° 650/11 y
la Resolución de la ex Secretaría de Política Ambiental N° 593/00 y
Resolución N° 157/12 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4° del Decreto N° 806/97
y su modificatorio N° 650/11, reglamentario de la Ley N° 11.720 de
Residuos Especiales faculta a este Organismo Provincial a establecer
los plazos y modos en que los obligados procederán al pago de la
Tasa Especial que prevé el mismo;
Que, el artículo 8° del Decreto N° 806/97
y su modificatorio N° 650/11, reglamentario de la Ley N° 11720,
establece la obligatoriedad de la presentación de la declaración
jurada a efectos de obtener el Certificado de Habilitación Especial;
Que mediante Resolución OPDS N°157/12, se
modificó el artículo 2° de la Resolución ex Secretaría de Política
Ambiental Nº 593/00, estableciendo como fecha de vencimiento para la
declaración jurada prevista en el articulo 8° del Decreto Nº 806/97,
modificado por Decreto Nº 650/11, el último día hábil del mes de
febrero de cada año;
Que la Resolución N° 132/10 estableció en
su Art. 2° que los formularios creados y aprobados por las
Resoluciones de la ex Secretaría de Política Ambiental Nº 593/00, Nº
797/00 y Nº 1408/00 y sus modificatorias, deban ser generados en el
sitio web del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible;
Que las modificaciones en la presentación
de la declaración jurada que se han producido como consecuencia de
la informatización de dicho procedimiento, han llevado a una mayor
celeridad, economía y eficacia en las actuaciones administras;
Que, asimismo, con motivo de la nueva
normativa dictada en esta temática se ha producido un considerable
aumento de presentaciones de declaraciones juradas de generadores de
residuos especiales, como así también ciertas demoras en la
adaptación al nuevo sistema de declaración jurada vía web;
Que resulta imprescindible, asegurar a
los administrados el derecho a presentar en tiempo las obligaciones
requeridas por esta Autoridad de Aplicación;
Que por lo expuesto y ante el inminente
vencimiento del plazo de presentación de la Declaración Jurada de
Residuos Especiales del corriente año, resulta necesaria su prórroga
de manera excepcional y por única vez;
Que la presente se dicta en virtud a lo
establecido en el artículo 32 de la Ley Nº 13.757;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL
DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE
ARTICULO 1º. Prorrogar la fecha de
vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y pago de
la Tasa Especial establecida en los artículos 8° y 4° del Decreto N°
806/97 y su modificatorio N° 650/11, correspondiente al año 2015,
hasta el día 31 de Marzo de 2015, por los motivos expuestos en los
considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°. Establecer que vencido el
plazo de presentación, este Organismo Provincial procederá de
acuerdo a lo previsto en el artículo 13 del Decreto N° 806/97 y su
modificatorio N° 650/11, sin perjuicio de aplicar las sanciones que
correspondan en virtud a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley N°
11.720.
ARTICULO 3º. Registrar, comunicar,
publicar, dar al Boletín Oficial y al Sistema de Información
Normativa de la Provincia de Buenos Aires (S.I.N.B.A.). Cumplido,
archivar. |