Ecofield - Política Ambiental - Resolución (MAyDS) 27/23.

 

Argentina / Política Ambiental

- modifica y/o complementa a: ley 25675, ley 25916, resolución 410/18 MAyDS, resolución conjunta 1/19 SENASA-SCyMA, resolución 19/19 SGAYDS.

- modificada y/o complementada por:

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

POLITICA AMBIENTAL - ACTIVIDAD AGRICOLA - ENERGIA RENOVABLE - PROGRAMA NACIONAL DE VALORIZACION DE ORGANICOS (PROVO)

Resolución (MAyDS) 27/23. Del 19/1/2023. B.O.: 23/1/2023. Política Ambiental. Actividad Agrícola. Energía Renovable. Crea el Programa Nacional de Valorización de Orgánicos (PROVO).

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase el Programa Nacional de Valorización de Orgánicos (PROVO) en el ámbito del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 2º.- Los objetivos generales y específicos del Programa Nacional de Valorización de Orgánicos (PROVO) son los que se establecen a continuación:

Objetivos generales:

1.-Relevar el estado de situación en el ámbito federal referida a la generación y gestión de residuos orgánicos, y de los materiales derivados de su valorización;

2. Formular metas nacionales de reducción y valorización orgánicos en pos de la optimización de recursos, reducción de huella de carbono, fomento de la economía circular y cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible;

3. Difundir, implementar, adaptar, adecuar y actualizar la normativa vigente en la materia con alcance nacional;

4. Asesorar y acompañar el desarrollo armónico de la normativa en los diversos niveles de gobierno y de las instituciones con competencia en la materia;

5. Promover acuerdos interinstitucionales, nacionales e internacionales, de cooperación técnica en la materia con organismos públicos y privados y asociaciones de profesionales;

6. Asesorar técnica y normativamente a instituciones públicas nacionales, provinciales y municipales y organizaciones civiles en lo referido a modalidades, escalas, requerimientos, metodologías de valorización de residuos orgánicos, y de los materiales derivados de ella;

7. Formular, implementar, acompañar y/o dar seguimiento con alcance nacional a proyectos integrales de valorización de residuos orgánicos y de uso y aplicación de los materiales resultantes;

8. Fortalecer las capacidades locales y de la sociedad civil en la materia, con perspectiva de gestión integral e inclusiva y de género de los residuos orgánicos, y de los materiales derivados de su valorización;

9. Generar información técnica contemplando las particularidades de los tratamientos y las diversidades regionales del país.

Objetivos específicos:

1. Identificar y relevar los tipos y cantidades de orgánicos generados por rama de actividad, provincia y región;

2. Desarrollar bases de datos y sistemas de información geográficos para identificar tendencias, modelizar escenarios y diseñar instrumentos de gestión de residuos orgánicos adaptados a los contextos locales y regionales;

3. Desarrollar y administrar una base de datos de los materiales obtenidos de la valorización de orgánicos, contemplando volumen, características agronómicas y calidad;

4. Difundir y acompañar la implementación de las Resoluciones Nº 410/MAyDS/2018; RESFC/1/2019/APNSECCYMA/SGP y Nº 19/2019/APN/SECCYMA/SGP y las que en el futuro las reemplacen o complementen;

5. Desarrollar nuevos instrumentos legales en pos de promover y optimizar la gestión de residuos orgánicos, y los materiales derivados de éstos, según las particularidades propias de cada región, la diversidad de contextos socioeconómicos y los objetivos de desarrollo sostenible;

6. Identificar los actores involucrados en la valorización de residuos orgánicos, y en los materiales derivados de ella con especial énfasis en temáticas de género;

7. Proponer agendas de trabajo articulando con otras áreas y organismos de competencia en la materia provincial y municipal;

8. Promover la creación de una RED FEDERAL DE VALORIZACIÓN DE ORGÁNICOS con la participación de los diversos actores involucrados en la materia;

9. Impulsar y acompañar el desarrollo de instancias de sensibilización, información y capacitación en torno a la valorización de residuos orgánicos, y de los materiales derivados de ella;

10. Asistir en la formulación, implementación y seguimiento de los programas de valorización de orgánicos locales y regionales;

11. Relevar fuentes de financiamiento internacional y nacional para la implementación y/o operatoria de acciones de valorización de orgánicos, y de los materiales derivados de ella;

12. Identificar necesidades de formación, insumos, equipamiento, maquinaria y obras para la implementación y operatoria de plantas de valorización de orgánicos, en un marco de respeto normativo y desarrollo sostenible;

13. Fomentar el desarrollo, la capacitación técnica y el intercambio de conocimiento con perspectiva de gestión integral, inclusiva y de género;

14. Generar información técnica inclusiva contemplando la diversidad de tratamientos de valorización de residuos orgánicos y las particularidades de cada región;

15. Elaborar y difundir guías, manuales, procedimientos, instructivos, hojas técnicas de valorización de residuos orgánicos inclusivas y con perspectiva de género;

16. Generar instancias de difusión, sensibilización, información y formación inclusivas y con perspectiva de género de operadores, organismos, organizaciones y sociedad en su conjunto en lo referido a valorización de residuos orgánicos y los materiales que se deriven de ella;

17. Identificar los perfiles laborales necesarios al desarrollo de una estrategia nacional, provincial y municipal de valorización de orgánicos que fomente la generación de empleos verdes, género-perspectiva y con inclusión social.

ARTÍCULO 3º.- El Programa Nacional de Valorización de Orgánicos (PROVO) se desarrollará en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RECOMPOSICIÓN perteneciente a la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL, y la coordinación técnica y operativa estará a cargo de la DIRECCIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL Y RECOMPOSICIÓN, perteneciente a dicha Subsecretaría.

ARTÍCULO 4º.- Derógase la Resolución Nº 511/SAyDS/2014 correspondiente al Programa de manejo sustentable de barros generados en plantas de tratamiento de efluentes líquidos y de plantas potabilizadoras (PROBARROS).

ARTÍCULO 5º.- El presente Programa Nacional de Valorización de Orgánicos (PROVO) no necesitará erogación alguna por parte del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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