Poder
Ejecutivo Nacional
INSPECCION
- REGLAMENTO - PRODUCTO ANIMAL - SUBPRODUCTO ANIMAL
Decreto
(PEN)
4238/68. Del
19/7/1968. Reglamento
de Inspección de los establecimientos con habilitación nacional
dedicados a elaborar productos, subproductos y derivados de origen
animal.
ANEXO II
(Facsímil 1 derogado por art. 2°
de la Resolución
N° 552/2002 del Servicio Nacional
de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 16/7/2002).
(Facsímil 2 derogado por art. 2°
de la Resolución
N° 552/2002 del Servicio Nacional
de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 16/7/2002).
(Facsímil 3 derogado por art. 2°
de la Resolución
N° 552/2002 del Servicio Nacional
de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 16/7/2002).
(Facsímil 4 derogado por art. 2°
de la Resolución
N° 552/2002 del Servicio Nacional
de Sanidad y Calidad Agroalimentaria B.O. 16/7/2002).
(Facsímil Nº 5 del Anexo II
incorporado por art. 6º de la Resolución
Nº 1035/93 del Servicio Nacional de Sanidad Animal B.O.
13/10/1993)
(Facsímil Nº 6 del Anexo II
incorporado por art. 6º de la Resolución
Nº 1035/93 del Servicio Nacional de Sanidad Animal B.O.
13/10/1993)
(Facsímil Nº 7 del Anexo II
incorporado por art. 6º de la Resolución
Nº 1035/93 del Servicio Nacional
de Sanidad Animal B.O. 13/10/1993)
(Facsímil Nº 8 del Anexo II
incorporado por art. 6º de la Resolución
Nº 1035/93 del Servicio Nacional
de Sanidad Animal B.O. 13/10/1993)
(Facsímil Nº 9 del Anexo II
incorporado por art. 6º de la Resolución
Nº 1035/93 del Servicio Nacional
de Sanidad Animal B.O. 13/10/1993)
(Facsímil Nº 10 del Anexo II
incorporado por art. 6º de la Resolución
Nº 1035/93 del Servicio Nacional
de Sanidad Animal B.O. 13/10/1993)
(Facsímil Nº 11 del Anexo II
incorporado por art. 6º de la Resolución
Nº 1035/93 del Servicio Nacional
de Sanidad Animal B.O. 13/10/1993)
(Facsímil Nº 12 del Anexo II
incorporado por art. 6º de la Resolución
Nº 1035/93 del Servicio Nacional
de Sanidad Animal B.O. 13/10/1993)
(Por art. 3° de la Resolución
N° 552/2002 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria B.O. 16/7/2002 se reordenan los Facsímiles
incorporados por art. 6° de la Resolución
Nº 1035/93 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, los
que pasarán a identificarse de la siguiente forma:
a) como Facsímil 1, el
correspondiente al Certificado Sanitario de Exportación Provisorio
(ex- Facsímil 5);
b) como Facsímil 2, el
correspondiente al Permiso de Embarque para Exportación Provisorio
(ex- Facsímil 6);
c) como Facsímil 3, el
correspondiente al Talón para Exportación (ex-Facsímil 7);
d) como Facsímil 4, el
correspondiente al Permiso de Tránsito Restringido, Original
(ex-Facsímil 8);
e) como Facsímil 5, el
correspondiente al Permiso de Tránsito Restringido, Duplicado
(ex-Facsímil 9);
f) como Facsímil 6, el
correspondiente al Permiso de Tránsito Restringido, Triplicado
(ex-Facsímil 10):
g) como Facsímil 7, el
correspondiente al Permiso de Tránsito, Original (ex-Facsímil 11);
h) como Facsímil 8, el
correspondiente al permiso de Tránsito, Duplicado (ex-Facsímil
12);).
(Facsímiles 1,2,3,4,5,6,7 y 8
sustituidos por Resolución
N°425/2003 del Servicio Nacional
de Sanidad Animal y calidad Agroalimentaria B.O. 25/8/2003 )
Facsímil Nº 9 “Certificado de Exportación Provisorio”
(original y reverso) incorporado por
resolución 308/14 SENASA.Facsímil Nº 10 “Permiso de
Embarque de Exportación (duplicado y reverso) incorporado por
resolución 308/14 SENASA.
Facsímil Nº 11 “Talón de Exportación” (triplicado) incorporado
por resolución 308/14 SENASA. |