Ente
Nacional Regulador del Gas
GAS
NATURAL - CODIGO
ARGENTINO DE GAS - NORMAS NAG
Resolución
(ENARGAS) 2747/02. Del 7/11/2002. B.O.: 15/1/2003. Código Argentino de Gas – NAG"
definido como el conjunto de normas y especificaciones técnicas
de cumplimiento obligatorio para la industria del gas en la República
Argentina.
Bs.
As., 7/11/2002
VISTO
el Expediente ENARGAS N° 7738, la Ley N° 24.076 y su Decreto
Reglamentario N° 1738 del 18 de setiembre de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que
la Ley 24.076, en su artículo 52, fija las funciones y
facultades del ENARGAS, particularizando en su inciso b) las de
dictar reglamentos en materias de seguridad y calidad, incluidas
las normas y procedimientos técnicos respectivos.
Que
el artículo 86 dispone mantener en vigencia la normativa técnica
contenida en el Clasificador de Normas Técnicas de Gas del
Estado (revisión 1991) y sus disposiciones complementarias,
hasta que el Ente las reemplazare o anulare.
Que
desde el inicio mismo de sus actividades, el ENARGAS encaró
dichas tareas, tanto en la actualización de documentos
normativos existentes como en la generación de otros nuevos que
los hechos y la experiencia fueron requiriendo.
Que
la primera norma en emitirse —como actualización de la de Gas
del Estado GE-N1-100, a la que reemplazó— fue la fundamental
para gasoductos y redes, que quedó nombrada como NAG-100.
Que
tal nomenclatura respondió a que en esa oportunidad se adoptó
aquella a la que se sujetarían las sucesivas: "Norma
NAG" (sigla de Norma Argentina Gas), seguida del número
correspondiente; y que en cuanto a éste, se resolvió mantener
en lo máximo posible el que tuviera la norma previa, a fin de
evitar confusiones en los usuarios.
Que
desde entonces se ha aprobado un total de diecinueve documentos
completos más otra cantidad de complementos parciales.
Que
tales documentos se encuadran en dos categorías: Normas y
Especificaciones Técnicas, cuya caracterización se detalla en
el informe intergerencial que es base de la presente resolución.
Que
la experiencia recogida en ese proceso, así como el volumen ya
alcanzado y su perspectiva de continuidad y consiguiente
aumento, han llevado a considerar necesario estructurar tales
documentos como un cuerpo totalizador que evidencie el campo de
aplicación y unifique nomenclaturas bajo la sigla ya reconocida
originada por el ENARGAS.
Que
en cuanto a su contenido, deberá comprender los documentos
normativos propios y los documentos normativos provenientes de
la ex Gas del Estado.
Que
los documentos externos de aplicación, tanto los incluidos en
el Clasificador de Normas Técnicas de Gas del Estado como los
adoptados posteriormente, por tratarse de propiedad intelectual
ajena no corresponde incluirlos en la nomenclatura unificada que
se propone.
Que
el Directorio del ENARGAS se encuentra facultado para emitir
este acto en mérito a lo establecido por los Artículos 62
inciso b) y 86 de la Ley 24.076 y su Decreto Reglamentario N°
1738/92.
Por
ello,
EL
DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
Artículo
1° — Pónese en vigencia el "Código argentino de gas -
NAG", definido como el conjunto de normas y
especificaciones técnicas de cumplimiento obligatorio para la
industria del gas en la República Argentina, en el ámbito de
competencia del ENARGAS, integrado, al presente, por los grupos,
con el alcance indicado en cada uno, que como Anexo 1 forman
parte de la presente resolución.
Art.
2° — Adóptase para la nomenclatura el criterio de
identificación por la sigla actual, NAG, un número de tres
cifras, el año de edición o última revisión, el tipo de
documento mediante una E para las especificaciones, y el grupo a
que pertenece —según lo indicado en el Anexo 1— por el
primer digito del número. La nomenclatura de los documentos
actualmente en vigencia queda detallada en las cuatro planillas
que como Anexo 2 forman parte de la presente resolución.
Art.
3° — Dispónese, a fin de evitar confusiones a los usuarios
de la normativa, que independientemente de la nueva denominación
deberá agregarse la mención de la anterior cuando ésta sea
cambiada.
Art.
4° — De forma.
ANEXO
1
GRUPOS
EN QUE SE SISTEMATIZA EL CUERPO NORMATIVO
I
— Redes de distribución, líneas de
transmisión e instalaciones complementarias.
Comprende
los gasoductos, los ramales, las plantas y estaciones conexas, y
las líneas de distribución hasta la instalación de entrega al
usuario.
II
— Instalaciones internas.
Comprende
todo lo relativo a ellas: cañerías, revestimientos,
dispositivos de seguridad, ventilaciones ambientales, etc., así
como los requisitos, limitaciones y prohibiciones de la
instalación propiamente dicha; sin incluir los artefactos.
III
— Artefactos.
Comprende
todo lo relacionado con ellos —no contemplados en el alcance
del grupo II—, incluidos sus dispositivos de seguridad y
ventilaciones propias.
IV
— Gas natural comprimido.
Comprende
todo lo referido al GNC y al GNP, tanto en sus aplicaciones
vehiculares directas e indirectas (equipos, compresores,
surtidores, etc.) como las de otro alcance (transporte a granel,
estaciones de carga y descarga).
V – (grupo incorp. por
resolución 235/18 ENARGAS)
Almacenamiento: Comprende todo lo referido a plantas de
almacenamiento de Gas Natural Licuado (GNL) en tierra y off
shore, almacenamientos subterráneos, plantas de licuefacción,
transporte (Gasoductos Virtual) y diversas utilizaciones del GNL.
––––––––––––
NOTA:
La eventual necesidad futura de abarcar alcances distintos de
los considerados, dará lugar a otros grupos.
ANEXO
2
PLANILLAS
CON LA NOMENCLATURA DE LOS DOCUMENTOS NORMATIVOS EN VIGENCIA A
LA FECHA DE EMISION DE LA PRESENTE RESOLUCION, DISCRIMINADAS
SEGUN LOS GRUPOS INDICADOS EN EL ANEXO 1
REDES
DE DISTRIBUCION, LINEAS DE TRANSMISION E INSTALACIONES
COMPLEMENTARIAS
|
Nueva
Nomenclatura
|
Nomenclatura
anterior
|
Nombre
del documento
|
NAG-100
(93)
|
NAG-100
|
Normas
Argentinas mínimas de seguridad para el transporte y
distribución de gas natural y otros gases por cañerías.
(GN-GL)
|
NAG-102
(93)
|
NAG-102
|
Conducción
de gas natural y otros gases por cañerías. Informes
anuales, informes de accidentes e informes
relacionados con condiciones de seguridad. (GN-GL)
|
NAG
105 (80)
|
GE-N1-105
|
Bases
para la calificación de soldadores y operadores de
soldadura por arco eléctrico y especificaciones de
procedimientos. (GN-GL)
|
NAG
108 (84)
|
GE-N1-108
|
Revestimiento
anticorrosivo de tuberías en condiciones de operación
normales. (GN-GL)
|
NAG
109 (86)
|
GE-N1-109
|
Normas
para almacenamiento de caños de acero revestidos y
sin revestir. (GN-GL)
|
NAG
110 (86)
|
GE-N1-110
|
Reglamentaciones
sobre higiene y seguridad en el trabajo para las
instalaciones de revestimiento anticorrosivo de cañerías
de acero. (GN-GL)
|
NAG
112 (82)
|
GE-N1-112
|
Norma
para el proyecto, construcción y operación de
plantas de almacenamiento de gases licuados de petróleo.
(GL)
|
NAG
113 (82)
|
GE-N1-113
|
Reglamento
para la realización de obras a ejecutar por terceros,
contratadas por el futuro usuario y supervisadas técnicamente
por Gas del Estado. (GN-GL)
|
NAG
123 (87)
|
GE-N1-123
|
Norma
de colores de seguridad para instalaciones y lugares
de trabajo. (GN-GL)
|
NAG
124 (90)
|
GE-N1-124
|
Procedimiento
general para pruebas de resistencia y hermeticidad de
gasoductos. (GN-GL)
|
NAG
125 (90)
|
GE-N1-125
|
Norma
de seguridad en plantas de acondicionamiento,
tratamiento proceso del gas natural. (GN-GL)
|
NAG
126 (90)
|
GE-N1-126
|
Norma
de seguridad en plantas compresoras de gas natural.
(GN)
|
NAG
129 (90)
|
GE-N1-129
|
Redes
para la distribución hasta 4 bar de gases de petróleo
y manufacturado. De polietileno - Tubos, diversos diámetros
hasta 250 mm. inclusive. (GN)
|
NAG
130 (90)
|
GE-N1-130
|
Redes
para la distribución hasta 4 bar de gases de petróleo
y manufacturado. De polietileno - Accesorios unidos
por termofusión. (GN)
|
NAG
131 (90)
|
GE-N1-131
|
Redes
para la distribución hasta 4 bar de gases de petróleo
y manufacturado. De polietiteno - Accesorios unidos
por electrofusión. (GN)
|
NAG
132 (90)
|
GE-N1-132
-
|
Redes
para la distribución hasta 4 bar de gases de petróleo
y manufacturado. De polietileno, acero u otros
materiales aprobados por la sociedad - Accesorios de
transición. (GN) (GN-GL)
|
NAG
133 (90)
|
GE-N1-133
|
Redes
para la distribución hasta 4 bar de gases de petróleo
y manufacturado. De polietileno -Válvulas de
polietileno. (GN)
|
NAG
134 (90)
|
GE-N1-134
|
Redes
para la distribución hasta 4 bar de gases de petróleo
y manufacturado. Herramientas y equipo auxiliar para
termofusión de polietileno. (GN)
|
NAG
136 (90)
|
GE-N1-136
|
Redes
para la distribución hasta 4 bar de gases de petróleo
y manufacturado.
|
NAG
138 (90)
|
GE-N1-138
|
De
polietileno. Instrucciones para la instalación. (GN)
Redes para la distribución hasta 4 bar de gases de
petróleo y manufacturado. De polietileno, acero u
otros materiales aprobados por la sociedad. Conjunto
de accesorios de montaje para la instalación del
sistema de regulación - medición. (GN-GL)
|
NAG
148 (92)
|
GE-N1-148
|
Normas
de condiciones de seguridad para la ubicación de
estaciones de separación y medición, y estaciones
reductoras de presión. (GN-GL)
|
NAG-E
153 (95)
(Rectif.
por Resolución (ENARGAS) 2785/03)
|
NAG-PR
001
|
Guía
de prácticas recomendadas para la protección
ambiental durante la construcción de conductos para
gas y su posterior operación. (GN-GL)
TEXTO
ANTERIOR: Normas
argentinas mínimas para la protección ambiental en
el transporte y distribución de gas natural y otros
gases por cañerías. (GN-GL)
|
NAG
155 (00)
|
NAG-155
|
Norma
mínima para el diseño, construcción, operación y
mantenimiento para plantas de GLP de bajo volumen de
almacenamiento para sistemas de distribución por
redes instaladas en la vía pública. (GL)
|
NAG-E
158 (99)
|
ET-ENRG-GD
N° 8
|
"Revestimientos
anticorrosivos a base de ceras microcristalinas de
petróleo" (GN-GL)
|
NAG
165 (81)
|
GE-R2-105
|
Normas
mínimas de seguridad para obras y trabajos (GN-GL)
|
INSTALACIONES
INTERNAS
Nueva
Nomenclatura
|
Nomenclatura
anterior
|
Nombre
del documento
|
NAG-200
( )
|
(sin
nomenclatura)
|
Disposiciones
y normas mínimas para la ejecución de instalaciones
domiciliarias de gas (comúnmente denominado
Reglamento de instalaciones domiciliarias). (GN-GL)
|
NAG-201
( )
|
(sin
nomenclatura)
|
Disposiciones,
normas y recomendaciones para uso de gas natural en
instalaciones industriales (comúnmente denominado
Reglamento de instalaciones industriales). (GN-GL)
|
NAG-E
207 (00)
|
ET-ENRG-GD-N°
7
|
Especificación
técnica para la aprobación de accesorios roscados de
fundición esferoidal para uso en cañerías de gas.
(GN-GL)
|
NAG
212 (95)
|
(12)
(*)
|
Aprobación
de válvulas de accionamiento rápido, para media
presión, tipo esférica, a candado. (GN-GL)
|
NAG
213 (95)
|
(13)
(*)
|
Construcción
y ensayo de vávulas de accionamiento rápido, sin
lubricación externa, para instalaciones de gas a baja
presión (GN-GL)
|
NAG
214 (95)
|
(14)
(*)
|
Aprobación
de elementos sellantes de roscas para cañerías
domiciliarias. (GN-GL)
|
NAG
216 (95)
|
(16)
(*)
|
Aprobación
de instalación de cañerías para gas en paneles
(paneles prefabricados para múltiples servicios).
(GN-GL)
|
NAG
222 (87)
|
GE-N1-122
|
Norma
sobre materiales y elementos a utilizar en la
construcción del sistema de conducto colectivo de
ventilación para artefactos de cámara abierta.
(GN-GL)
|
NAG
235 (95)
|
NAG-135
|
Norma
para reguladores de presión domiciliarios. (GN-GL)
|
NAG
237 (99)
|
NAG-137
|
Norma
de aprobación para conjuntos puertamarco de gabinetes
o nichos que alojan al sistema de regulación-medición.
(GN-GL)
|
NAG
250 (96)
|
NAG-150
|
Norma
para caños de acero para conducción de gas en
instalaciones internas. (GN-GL)
|
NAG
251 (96)
|
NAG-151
|
Norma
para recubrimientos en caños de acero para la
conducción de gas en instalaciones internas. (GN-GL)
|
NAG
254 (02)
|
NAG-154
|
Norma
de conexiones flexibles de acero inoxidable para ser
usadas en las instalaciones domiciliarias de gas con
los artefactos y con el medidor. (GN-GL)
|
(*)
Sin nomenclatura anterior; los números entre paréntesis
corresponden a la identificación por ordenamiento, secuencial
que se le asignó en el Anexo de la Resolución ENARGAS N°
138/95.
ARTEFACTOS
Nueva
Nomenclatura
|
Nomenclatura
anterior
|
Nombre
del documento
|
NAG-E
309 (01)
|
ET-ENRG-GD-N°
9
|
Especificación
técnica para dispositivos sensores de atmósfera
instalados en artefactos para uso domiciliario.
(GN-GL)
|
NAG-E
310 (01)
|
ET-ENRG-GD-N°
10
|
Especificación
técnica para dispositivos sensores de la salida de
los productos de la combustión instalados en
artefactos para uso domiciliario. (GN-GL)
|
NAG
311 (95)
|
(11)
(*)
|
Aprobación
de calderas a gas para uso domiciliario. (GN-GL)
|
NAG
312 (95)
|
(2)
(*)
|
Aprobación
de cocinas a gas para uso doméstico. (GN-GL)
|
NAG
313 (95)
|
(3)
(*)
|
Aprobación
de calentadores de agua para uso doméstico
(calefones). (GN-GL)
|
NAG
314 (95)
|
(4)
(*)
|
Aprobación
de calentadores de agua por acumulación de
funcionamiento automático (termotanques). (GN-GL)
|
NAG
315 (95)
|
(5)
(*)
|
Aprobación
de calentadores de ambiente con cámara estanca;
entrada de aire y ventilación verticales, tipo
"U", balanceados (calefactores TB/TBU).
(GN-GL)
|
NAG
316 (95)
|
(6)
(*)
|
Aprobación
de calentadores de ambiente, a gas (calefactores con
conducto de evacuación de gases). (GN-GL)
|
NAG
317 (95)
|
(7)
(*)
|
Aprobación
de calentadores de ambiente de cámara abierta y sin
ventilación al exterior (GN-GL)
|
NAG
318 (95)
|
(18,19
y 21) (*)
|
Aprobación
de dispositivos de encendido y de corte automático
por extinción de llama, utilizados en artefactos a
gas; controles de llama y válvulas automáticas en
quemadores. (GN-GL)
|
NAG
320 (95)
|
(20)
(*)
|
Aprobación
de reguladores de presión para artefactos. (GN-GL)
|
NAG
322 (95)
|
(22
y 23) (*)
|
Ensayo
de accesorios de artefactos a gas (válvulas de
control múltiples y termostatos). (GN-GL)
|
NAG
327 (95)
|
(17)
(*)
|
Construcción
y ensayo de robinetes destinados a artefactos a gas.
(GN-GL)
|
NAG
328 (95)
|
(8)
(*)
|
Aprobación
de artefactos de calefacción por combustión catalítica
que utilizan combustibles gaseosos, no conectados a un
conducto de evacuación. (GN-GL)
|
NAG
329 (95)
|
(9)
(*)
|
Aprobación
de aparatos de calefacción central a gas por medio de
aire caliente. (GN-GL)
|
NAG
330 (95)
|
(10)
(*)
|
Aprobación
de refrigeradores domésticos que utilizan
combustibles gaseosos. (GN-GL)
|
(*)
Sin nomenclatura anterior; los números entre paréntesis
corresponden a la identificación por ordenamiento secuencial
que se le asignó en el Anexo de la Resolución ENARGAS N°
138/95.
GNC
Nueva
Nomenclatura
|
Nomenclatura
anterior
|
Nombre
del documento
|
NAG-E
401 (97)
|
ET-ENRG-GD-N°
1
|
Dispositivos
de sujeción de cilindro/s para GNC.
|
NAG-E
402 (98)
|
ET-ENRG-GD-N°
2
|
Vehículos
para transporte de GNC.
|
NAG-E
403 (99)
|
ET-ENRG-GD-N°
3
|
Equipos
paquetizados y encasetados para compresión y
almacenamiento de GNC que no requieren muro
perimetral.
|
NAG-E
404 (02)
|
ET-ENRG-GD-N°
4
|
Certificación,
instalación y controles de equipos integrados para
compresión y despacho de GNC.
|
NAG-E
405 (01)
|
ET-ENRG-GD-N°
5
|
Instalación,
utilización y controles de cilindros compuestos para
GNC con fibra de carbono.
|
NAG-E
406 (01)
|
ET-ENRG-GD-N°
6
|
Sistemas
para transporte de módulos contenedores para GNC.
|
NAG
415 (84)
|
GE-N1-115
|
Reglamentaciones.
Definiciones y terminología. Especificaciones y
procedimientos. Documentación técnica a complementar
por todas las categorías inscriptas en los registros
de fabricantes e importadores.
|
NAG
416 (84)
|
GE-N1-116
|
Normas
y especificaciones mínimas, técnicas y de seguridad,
para el montaje de equipos completos para GNC en
automotores y sus ensayos de verificación.
|
NAG
417 (84)
|
GE-N1-117
|
Norma
para componentes diseñados para operar con GNC en
sistemas de carburación para automotores, y
requisitos de funcionamiento.
|
NAG
418 (84)
|
GE-N1-118
|
Reglamentación
para estaciones de carga para GNC.
|
NAG
419 (84)
|
GE-N1-119
|
Estacionamiento
y garages. Inconvenientes y Accidentes. Carga de
tanque con GNC.
|
NAG
441 (90)
|
GE-N1-141
|
Equipos
de compresión para estaciones de carga de GNC.
|
NAG
444 (91)
|
GE-N1-144
|
Revisión
periódica de cilindros de acero sin costura para GNC;
basada en la norma IRAM 2529.
|
|